Consorcios
de propietarios
¿No más
impuesto al cheque?
La diputada
Stella Maris Córdoba presentará un proyecto de ley para que a los
consorcios se los exima de pagar el impuesto al cheque
Argumentó que existe una inequidad contributiva y que se está limitando
a los sectores de bajo poder adquisitivo.
[BPN-04/07/07]
En los próximos días, la diputada nacional Stella Maris Córdoba
(Frente por la Victoria) presentará un proyecto de ley para que a
los consorcios se los exima de pagar el impuesto a los débitos y
créditos bancarios.
Entre sus
fundamentos, argumenta que el sistema de pago de las expensas de
consorcios fue, en algunos casos, imponiéndose a través de boletas de
depósitos en cuentas corrientes especiales bancarias.
Actualmente,
la Ley 23.413 determina un impuesto al débito y al crédito bancario del
0.6 % de cada movimiento, es decir, que del total cobrado por el consorcio
y del total pagado suma entre ambos un 1.2 % de la masa utilizada cada
mes.
"Propondremos
esto porque observamos que hay una inequidad contributiva. Es un gasto que
en un consorcio que no es ni grande ni chico representa unos 200 pesos por
mes además de los débitos que carga el banco por cobranza",
subrayó el asesor de la diputada, Cr. Fernando De Gregorio.
Explicaron que
"con el aumento desmedido de los sueldos y de las cargas sociales de
los encargados de edificio, mucho de esa masa o presupuesto mensual que se
deposita es para el pago de los sueldos y sus cargas sociales[...] por lo
que si se alcanza con este impuesto a los débitos y créditos bancarios a
las cuentas de los consorcios se le estaría haciendo una retensión
anticipada sobre la masa salarial que está expresamente exenta".
Sus argumentos
La diputada
Córdoba argumenta que se considera contribuyente a toda persona natural o
jurídica a quien la ley le impone la carga tributaria derivaba del hecho
imponible y que hoy por hoy, "el consorcio no es ni persona jurídica
ni física según la ley de propiedad horizontal".
En este
sentido, advierte que "no puede ser sujeto de impuestos, y además
-por no tener objeto de lucro, ni patrimonio alcanzado por cualquier
impuesto nacional-" no debería recaerle este tipo de impuestos.
Según ella,
si se tiene en cuenta que las expensas conforman la canasta básica de una
familia y alcanzan con este impuesto a sus gastos, "estaríamos
limitando a sectores de bajo poder adquisitivo".
Al mismo
tiempo, subrayó que muchos de los gastos que se pagan incluyen otros
impuestos como el IVA que se transfiere al consumidor, "por lo que
estaríamos frente a una doble imposición porque también se aportaría
el 1.2% sobre el IVA".
Por otra
parte, agregó que existe también una inequidad contributiva vertical
"porque es un costo directamente para aquel que vive en copropiedad,
pero el que es propietario de su vivienda no lo tiene".
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