[BPN-25/03/10]
La Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias (CAPHyAI) en representación de administradores,
consorcios, y consorcistas presentó una medida cautelar contra la Ley
3.254. Esto sucedió poco después de que el AIERH iniciara acciones
tendientes a dirimir –en un futuro cercano- ante la justicia la
constitucionalidad de la modificación recientemente legislada en la Ley
941.
Mediante la
circular Nº 20, de marzo de 2010, la CAPHyAI informó que "se ha
presentado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso y
Tributario Nº 9 –Secretaría 17, de la CABA, una demanda para que la
Jueza interviniente se expida sobre la medida cautelar que hemos
solicitado hasta tanto se dicte la inconstitucionalidad de dicha ley [Ley
3.254]".
El expediente
está caratulado como "CÁMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y
ACTIVIDADES INMOBILIRIAS C/ GCBA S/ ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA (ART 277
CCAYT)" y se encuentra registrado bajo el Nº 36913/0. Esto surgió
de una nota informativa del letrado patrocinante, el Dr. David
Villarreal, que la Cámara distribuyó a sus asociados junto con la
circular.
En dicha nota
el Dr. Villarreal declaró que el "objeto de la demanda que se ha
iniciado es proteger los intereses de los administradores de consorcios,
de los consorcios de propietarios y de los propios consorcistas, ya que
los efectos nocivos de la Ley 941 afectará a los tres segmentos".
"Si bien
el expediente persigue que en la sentencia definitiva se dicte la
inconstitucionalidad de la Ley 941 y sus reformas y reglamentación, lo
que implicaría la eliminación –para los beneficiarios del alcance de
la sentencia- del Registro creado por la ley atacada, ello demorará un
lapso temporal superior a los dos años", advirtió Villarreal y
explicó que "por ello se ha peticionado una medida cautelar que la
Jueza debería dictar dentro de los próximos veinte días, que tiene como
fin suspender ‘provisoriamente’ los efectos de la ley hasta que se
dicte el fallo definitivo".
"La
Cámara tiene legitimidad para actuar en representación de los tres
segmentos", puntualizó y agregó que "las denominadas ‘acciones
de clase’ –como la que se ha iniciado- tienen como fin que los efectos
de la sentencia que se dicte abarque a todos los amparados por la defensa
que la Cámara hace en el marco de este expediente".
Villarreal
señaló también que "ya ha salido el primer proveído y ello
implica que el lunes [NR: 15/03/2010] estaremos adjuntando la
documentación pertinente, acreditando el pago de la tasa de justicia y la
adjunción del bono de colegiación, a efectos de que la Jueza que
interviene pueda expedirse sobre la medida cautelar que se ha
solicitado".