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Sede del AIERH.

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Ley 3.254

El amparo del AIERH, entre el cielo y el infierno

[BPN-16/06/10] El recurso de amparo presentado el 31 de marzo de este año por la Dra. Rosa Muchenik en nombre de la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) para declarar la inconstitucionalidad de la Ley 3.254 (modificatoria de la Ley 941 – Registro Público de Administradores de la CABA) parece no estar avanzando.

Según una circular distribuida por esa entidad a sus socios, el motivo principal por el cual el trámite se encontraría trabado responde a una cuestión de competencias. El recurso se presentó ante la justicia nacional, la jueza que entendía en la causa se declaró incompetente y ordenó su remisión a la justicia de la CABA. La abogada patrocinante del AIERH presentó una apelación a la medida que le fue denegada. Lo último realizado habría sido una presentación en queja para que la apelación sea aceptada.

Es decir, resta decidir si será la justicia nacional o la local la que entenderá en el asunto. Hasta tanto la cuestión de competencias no sea dirimida el tratamiento de fondo al pedido presentado por AIERH continuará esperando.

La medida judicial presentada por la entidad pretende que se declare inconstitucional la Ley 3.254. Mediante esa circular, el AIERH describió los pasos procesales que atravesó el recurso de amparo desde el momento de su presentación a comienzos de este año hasta la fecha.

Actualmente, el expediente principal se encuentra en el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 13. Paralelamente la Dra. Muchenik presentó un escrito para que se suspenda el procedimiento hasta que la Cámara Federal Contencioso Administrativo resuelva la queja por denegación de apelación sobre un pedido que había presentado esa abogada patrocinante del AIERH.

Pasos procesales

El 31 de marzo del corriente, la Dra. Muchenik realizó la presentación formal del recurso en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 10.

En ese momento, el expediente fue enviado a Fiscalía para que el Fiscal resuelva qué ámbito –provincial o nacional- debía decidir sobre la cuestión.

El 12 de abril, el expediente regresó a ese Juzgado. Ese mismo mes, la jueza que entendía en la causa se declaró incompetente y ordenó su remisión a la Justicia Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires. Días más tarde, la jueza no hizo lugar a un pedido de apelación presentado por la Dra. Muchenik en relación a la competencia. Consecuentemente AIERH debió recurrir en queja ante la Cámara.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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