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Certificado de Edificio Seguro

El control del profesional

[BPN-22/12/10] De acuerdo a la reciente Disposición Nº 5.363 (BO-10/12/10), mediante la que se creó un "Certificado de Edificio Seguro" y un "Libro de Control de Seguridad Edilicia", los administradores de consorcios deberán contratar un profesional especializado en Seguridad e Higiene quien realizará un relevamiento semestral en el consorcio para luego emitir un certificado en caso de que el mismo cumpla con las ordenanzas municipales, leyes, decretos y normas establecidos en el artículo 3º del texto. El profesional contratado consignará el resultado de la verificación en el certificado que será luego incorporado al nuevo libro. <ver nota>.

De acuerdo al Anexo I de la Disposición Nº 5.363, el profesional contratado verificará:

1) Matafuegos y Protección contra incendio:

a) cantidad de matafuegos existentes en el edificio,

b) si cumple con la dotación mínima vigente,

c) fecha del último control trimestral (y si se encuentra vigente),

d) si cumple con la norma IRAM 3517,

e) nombre de la empresa proveedora y número de CUIT,

f) nombre del responsable técnico de la empresa,

g) fecha de vencimiento del cilindro y fecha de última y próxima recarga,

h) nombre del responsable técnico de la empresa recargadora,

i) si los extintores se encuentran ubicados en espacios comunes, accesibles y visibles,

j) si la chapa baliza se adecua al extintor,

k) si el consorcio posee nicho de incendio y si está completo según la normativa vigente.

2) La Iluminación de Emergencia

a) la cantidad de equipos instalados,

b) si el consorcio cumple con la normativa vigente,

c) el resultado de la prueba de funcionamiento.

3) La Evacuación de Emergencia

a) si corresponde el plano de evacuación, de acuerdo a la Ley 1.346,

b) si posee el plano de evacuación

c) fecha de vigencia del plan,

d) nombre y apellido y matricula del profesional que lo diseñó,

e) si se cumplió con el cronograma de simulacros,

f) si los planos se encuentran correctamente colocados,

g) si el consorcio posee señalización en las vías de evacuación.

4) Las Calderas

a) si el edificio posee calderas,

b) en caso de poseer, si se encuentra/n habilitada/s,

c) si el consorcio cuenta con un seguro de Responsabilidad Civil para las mismas,

d) en caso de poseer el seguro, deberá consignarse el nombre de la compañía aseguradora, el número de póliza y la fecha de vencimiento,

e) fecha del último Certificado de Verificación Periódica y vencimiento del mismo,

f) nombre y apellido del profesional certificante, titulo habilitante, consejo o colegio profesional habilitante y número de matrícula,

g) observaciones de la certificación,

h) si existe una Planilla de Verificación de Mantenimiento periódico.

5) La Limpieza de Tanques

a) si el consorcio posee el Libro de Control Sanitario y Agua Potable,

b) fecha de apertura del libro ante escribano público,

c) fecha de la última revisión,

d) nombre y apellido del Director Técnico,

e) fecha de vencimiento de la última limpieza realizada,

f) empresa a cargo del servicio, número de CUIT y número de Registro de Empresa,

g) si se exhibe el Certificado de Potabilidad del Agua.

6) La Conservación de Ascensores

a) si el consorcio posee –o no- el libro,

b) fecha de la última inspección,

c) empresa interviniente y número de CUIT,

d) nombre y apellido del Responsable Técnico de la Empresa y número de matrícula,

e) observaciones.

7) La Conservación de la Fachada

a) antigüedad del inmueble,

b) si presenta Certificado de Conservación (Ley 257/99),

c) si el Informe Técnico está vigente,

d) fecha de vencimiento del Informe Técnico,

e) fecha de vencimiento del Certificado de Conservación.

La disposición establece que todos los folios del libro deberán llevar preimpresos el diseño establecido en el Anexo I.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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