Sistema 9041 para la administración de consorcios.

El oficio de administrar consorcios esta lleno de Pequeñas Noticias....


Boletín de Pequeñas Noticias

la comunidad consorcial como un espejo de la sociedad

4 de Agosto del 2003 - Nº: 175

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Consecuencias de la Ley 941

Derecho a la capacitación

La Facultad de Derecho de la Universidad Abierta Interamericana (UAI) a partir de agosto abre un curso de administración de consorcios para sondear el mercado con vistas a la construcción de una futura carrera universitaria.

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Sueldos Julio/2003

¿Cómo se incrementan y descuentan los $28?

La Resolución ST 64/2003 establece que los 200 pesos no remunerativos deberán descontarse de a $28 por mes hasta que desaparezcan.


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De izq. a der.: Gustavo Desplats, Norberto Notta y Luis ZamoraConsorcios & Comunas

Decidir o no decidir

El pasado viernes 1º de agosto (2003) el Dr. Luis Zamora, candidato a Jefe de Gobierno Porteño por el partido Autodeterminación y Libertad, en un evento organizado por las protocomunas de Flores y Caballito en el Pub/Café Contacto del barrio de Flores, conversó sobre el futuro de las comunas y su proyecto de descentralización en un diálogo de igual a igual con los vecinos.


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Pequeñas Noticias

Indice de Julio 2003

En el mes de Julio publicamos los Boletines 171, 172, 173 y 174 y para que tengan todos los temas vistos, les acercamos el índice correspondiente.


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Breves Pequeñas Noticias

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Curso terciario de Administración


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Correo de Opinión

Debate bizantino

Sr. Víctor Alejandro Italiano


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Correo de Opinión

El área comercial y el comunitario

Sr. Raúl E. Guinzburg


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Su Majestad el Lector

El favorito

Esta semana se acentuaron las diferencias entre Macri e Ibarra - Está claro que esta es la tendencia que se expresa entre los lectores de Pequeñas Noticias pero si se extendiera a nivel de toda la Ciudad el favorito ganaría en primera vuelta - Otra sorpresa: Zamora descuenta distancia y se ubica como segundo en intención de voto.


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Gran Sorteo 

Esta semana los afortunados fueron....

Todos quisieron participar en el fabuloso sorteo de los tres premios de la semana: cenas, almuerzos, espectáculos, mini-turismo, shows, clases de baile árabe.... ¿Ud. habrá tenido suerte....?


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Gran Sorteo

¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

...de 1 de los 3 premios que semanalmente le ofreceremos ADMINISTRADORESph.com.ar y Pequeñas Noticias !!!

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Acceda desde aqui al formulario de inscripción al Registro Público de AdministradoresRegistro de Administradores

El peso de la Ley

Si bien recién el 11 de agosto comienza la inscripción, desde el 28 de julio pasado están plenamente vigente las obligaciones que impone la Ley 941 a los administradores de consorcios ya sean auto-administrados o externos en todo lo relativo a la contratación irregular de bienes y servicios.


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SIJyP versión 21 Release 1.

La nueva versión está disponible

Para el 30 de julio la esperada versión ya estaba disponible en www.PequenasNoticias.com.ar en la sección Programas para ser instalada y así poder confeccionar la declaración jurada del mes de julio.


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Expensas

Cobre dos

El martes 29 de julio de este año (2003) en el matutino "Ambito Financiero" el Adm. Jorge Hernández, en su carácter de presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), declaró que cuando la administración (del consorcio) es ejercida por un miembro del edificio (propietario) los trabajos se pueden llegar a sobre-facturar desde un 50% a un 100% más.


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Rincón Solidario

Reparación de servicios centrales

Dra. Victoria Loisi


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Rincón Solidario

Trabajar alcoholizado

Dra. Elvira Lucero


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Rincón Solidario

Solicito información

Dra. Victoria Loisi


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Correo de Lectores

Reintegro de Asignaciones Familiares


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Correo de Lectores

Problemas con la encargada


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Correo de Lectores

¿Cómo me tienen que pagar las cuotas de $28?


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Ascensores

Empresas conservadoras


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Impuestos

Vencimientos Mensuales


Consecuencias de la Ley 941

Derecho a la capacitación

La Facultad de Derecho de la Universidad Abierta Interamericana (UAI) a partir de agosto abre un curso de administración de consorcios para sondear el mercado con vistas a la construcción de una futura carrera universitaria.

A partir de la convulsionada sanción y reglamentación de la Ley 941, que constituyó un Registro Público de Administradores de Consorcios en la Ciudad de Buenos Aires, algunos sectores vieron la necesidad de ocupar espacios en el tradicional mercado de la capacitación. Ya desde el proyecto de la Ley parte de la discusión pasó por cambiar o dejar la palabra DEBE o PUEDE con respecto a la obligación de capacitarse para poder acceder a los derechos y obligaciones que brinda el estar registrado como administrador de consorcios. 

Si bien en algún programa de radio se intentó hacer creer que sólo los que habían hecho determinados cursos podrían acceder al registro, en la reglamentación de la ley quedó claro definitivamente, contra muchas presiones corporativas, que los administradores PODRAN presentar sus certificados y/o matrículas profesionales (si las poseyeran) utilizando de esta forma el Certificado de Inscripción como "carpeta curricular". 

Esta modalidad "voluntaria" habría desatado una competencia feroz entre los administradores profesionales que desean que su certificado refleje más acreditaciones que el de sus competidores a la hora de ofertar sus servicios a los consorcios.

Hasta ahora los cursos existentes que formaban profesionales en el campo de la administración de consorcios estaban en manos de las entidades más importantes relacionadas directa o indirectamente con este sector. Por el lado de los administradores los más conocidos eran los cursos que dictaban CAPHyAI(1), la AIERH(2) y FRA(3) y por otra parte los propietarios disponían de un curso breve orientado a la auto-administración que dicta ADEPROH(4). Hace dos años la CIA(5) incorporó al tradicional curso de cuatro meses una carrera de tipo terciaria de dos años que le permite al alumnado llegar a acceder al título de "Consultor en Administración de Consorcios". En los últimos meses la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (LCPH), dirigida por el Dr. Loisi egresado de la Universidad del Salvador, coordinó un curso de característica multidisciplinaria y de nivel terciario para profesionales que comenzará en septiembre de este año (2003). Son de destacar también los 25 cursos libres y gratuitos de administración que se dictan a través de los programa de capacitación del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires "Educación No Formal". Para los habitantes de los consorcios construidos por la Comisión Municipal de la Vivienda están previstos cursos en conjunto con la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires con vistas a capacitar en la auto-administración y la "administración no onerosa". También el Consejo Profesional de Ciencia Económicas y hasta la AMIA(6) incorporaron entre sus actividades docentes cursos de Administración de consorcios como fue documentado ampliamente en la nota de tapa de Pequeñas Noticias llamada "Dueño Vende".

En este marco la Dra. Alejandra Pasquet, secretaria académica y docente de derechos reales de la UAI, consideró, en una entrevista exclusiva con Pequeñas Noticias, que "sin descalificar a ningún instituto privado, ni tampoco a las cámaras, nosotros somos una universidad y contamos con un respaldo de excelencia académica. Nuestra idea sería, desde el punto de vista de la enseñanza, suministrar a todos aquellos que vengan a tomar nuestros cursos lo mejor que nosotros tenemos, que son nuestros profesionales, nuestros docentes."

Un nuevo profesional

Dra. Alejandra Pasquet

Dra. Alejandra Pasquet: "...uno mira y olvida, escucha y no recuerda, pero cuando vive recién ahí aprende..."

Para la Dra. Pasquet los cursos que dictan las diferentes entidades son valiosos pero hablan desde la experiencia y ella considera que está en condiciones de aportar lo mejor de los conocimientos científicos de los que su universidad dispone: "no descalifico a ninguna entidad ni pública ni privada pero ellos hablan desde la experiencia que por supuesto es importantísima. Ya lo decía Confucio que "uno mira y olvida, escucha y no recuerda, pero cuando vive recién ahí aprende". Es lo que nosotros denominamos desde el punto de vista de la ciencia pedagógica el aprendizaje significativo. Lo que nosotros podemos llegar a suministrar es conocimiento también desde la ciencia: desde la ciencia del derecho, desde la ciencia jurídica, inclusive desde la ciencia de la arquitectura y la ciencia contable. Eso es lo que nosotros ponemos como un valor agregado a partir de la propuesta desde una universidad"

Para la Dra. Pasquet la Ley 941 fue un punto de inflexión para la creación de un "nuevo profesional" en la administración de consorcios y "que va a faltar muy poco tiempo como para que comience la necesidad de organizar una carrera que sea específica para el administrador de propiedad horizontal que hasta ahora están simplemente munidos por cursos de capacitación..."

Ante la pregunta de Pequeña Noticias sobre el aparente "desembarco" de los profesionales del derecho en la administración de consorcios ella explicó que: "creo que debería existir la carrera o una tecnicatura de administrador y la asesoría de los abogados. Y que cada uno cumpla con su rol natural. El abogado en su rol natural es el defensor de los derechos, eso independientemente del dato de la realidad que, por ejemplo, desde hace muchos años atrás, muchos compañeros se recibían de abogados y lo primero que tenían era un consorcio a cargo porque todos los meses podían cobrar aunque sea una rentita. Pero lo ideal es que cada uno cumpla con su función natural. Eso es lo que se denomina la gestión del conocimiento y nosotros como universidad tenemos que saber gestionar el conocimiento para que el abogado sirva para asesorar, el administrador sirva para administrar, el contador releve libros y haga balances... esta línea sería lo ideal y hacia eso es donde tendemos como universidad."

La necesidad de capacitarse nacería, según la Dra Pasquet, de la misma Ley de Registro de Administradores y considera que "después de la ley, donde tienen que registrarse, va a comenzar la necesidad que también sea un nuevo profesional. Nosotros estamos tratando de dar un primer paso como universidad para la capacitación. En este caso va a ser un curso intensivo y cuenta con personas destacadas en el ámbito y con docentes de esta casa. Pero más adelante la idea es comenzar a ver la posibilidad de una carrera universitaria porque ésta es una competencia laboral que hay que especializarla y hay que capacitarla..."

La propuesta de excelencia

Dr. Roberto O. Cacheiro Frías

Dr. Cacheiro Frías: "La escala de importancia va a estar dada por el hecho que el diploma lo va a otorgar una universidad..."

El coordinador del Area de Extensión Universitaria de la UAI y, por ende, de este curso, Dr. Roberto O. Cacheiro Frías, explicó a Pequeñas Noticias que "este curso va a ser una herramienta útil porque tiene varios destinatarios, en primer lugar tiene como destinatario al alumno o egresado de la Facultad de Derecho y después está abierto a la comunidad... pero obviamente nuestro principal cliente va a ser el alumno de la Facultad de Derecho. El alumno sabe que no bien se recibe y cuando ya tenga un estudio jurídico o inclusive antes, siempre va a ver alguien que le va a ser una consulta sobre propiedad horizontal. Al alumno le sirve como herramienta para iniciarse como administrador o para ser abogado patrocinante."

El Dr. Cacheiro Frías se explayó sobre los detalles del curso con el entusiasmo propio de un pionero: "La escala de importancia va a estar dada por el hecho de que el diploma lo va a otorgar una universidad. Distinto es cuando un instituto terciario es quien lo expide. Es un curso de un cuatrimestre que se inicia el 16 de agosto hasta el 13 de diciembre de este año (2003). Hemos tratado de conseguir los mejores docentes en la especialidad... inicialmente se va dictar los sábados de 10 a 13 horas en nuestro edificio central en San Juan 951. La Dra. Diana Sevitz va a dictar la parte eminentemente práctica de propiedad horizontal. La parte de derecho laboral (es decir la relación con el encargado) la va a dictar el titular de esta universidad el Dr. Marugo, que está a cargo de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. La contadora Liliana Corso dará la parte contable. El arquitecto Marcelo Traboulsi, que está a cargo de la torre IBM, va a dar mantenimiento edilicio y yo voy a participar en todas las clases desde lo jurídico y también desde lo práctico.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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1.- Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

2.- Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal

3.- Fundación Reunión de Administradores

4.- Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

5.- Cámara Inmobiliaria Argentina

6.- Asociación Mutual Israelita Argentina


 

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El peso de la Ley

Si bien recién el 11 de agosto comienza la inscripción, desde el 28 de julio pasado están plenamente vigente las obligaciones que impone la Ley 941 a los administradores de consorcios ya sean auto-administrados o externos en todo lo relativo a la contratación irregular de bienes y servicios.

Según una fuente en la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor desde el pasado lunes 28 de julio hubo gran cantidad de consultas a esa entidad del Ejecutivo Porteño sobre los pasos que se deben realizar para la inscripción al nuevo Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal que funcionará en esta ciudad. La inscripción de aquellos administradores cuyo CUIT1 finaliza con los números 0, 1 ó 2 comenzará el día 11 de agosto de 2003 a las 9 de la mañana y se prolongará hasta el 10 de septiembre. Los profesionales cuyo número de CUIT termina en 3, 4 ó 5 podrán inscribirse del 11 de septiembre al 10 de octubre y aquellos cuyo CUIT finaliza con los números 6, 7, 8 ó 9 podrán hacerlo desde del 13 de octubre al 11 de noviembre de este año (2003). La inscripción se realizará en Esmeralda 340 y tienen que abonar un timbre cuyo costo es de 10 pesos.

A pesar de que se espera recién para el 11 de noviembre que estén registrados todos los administradores de consorcios profesionales de la Ciudad de Buenos Aires el Dr. Norberto Dorenztein, asesor del Arq. Miguel Fortuna director de la entidad responsable del funcionamiento del registro, aclaró que la ley está plenamente vigente desde el mismo momento de su publicación en el Boletín Oficial Nº 1710 (11/6/03). Si bien existirá un plazo de 90 días para registrarse tal cual lo exige el Art. 2º de la Ley no se prevé plazo alguno de gracia para cumplimentar el resto de las imposiciones a las que la ley obliga en su Art. 8º que dice que "los administradores de consorcios sólo pueden contratar la provisión de bienes, servicios o la realización de obras con aquellos prestadores que reúnan los siguientes requisitos: 1.- Título o matrícula, cuando la legislación vigente así lo disponga; 2.- Seguros de riesgos del trabajo del personal a su cargo, en los casos que así lo exija la legislación vigente; 3.- Los administradores deben exigir original de los comprobantes correspondientes, y guardar en archivo copia de los mismos."

El muy importante tener en cuenta que estas infracciones prescriben sólo después de los tres años de producida (Art. 13º). Por lo tanto si existiera una denuncia en tal sentido contra un administrador la Dirección de Defensa del Consumidor puede esperar tranquilamente que finalice el período de inscripción y con posterioridad sancionar al infractor con las penas previstas en su Art. 11º que pueden ser de multas, suspensión del registro o su exclusión definitiva. En caso de que el profesional cuestionado tampoco se hubiera inscripto al Registro le cabría además de la sanción por la infracción denunciada la correspondiente a la la falta de inscripción prevista por el Art. 2º de la misma ley y según surge del Art. 3º de la reglamentación (Decreto Nº 706/03) podría ser inscripto de oficio.

Ya se encuentra disponible en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar la solicitud de inscripción oficial que se debe presentar para registrarse como administrador de consorcios en la Ciudad de Buenos Aires. El formulario es un documento de tipo .DOC que puede ser impreso con la ayuda del programa Word de la empresa Microsoft que se encuentra normalmente en todas aquellas computadoras que poseen el sistema operativo Windows o cualquier otro que trabaje con ese formato de archivo. El formulario se encuentra en la sección "Modelos y Formularios" que está dentro del ítem del menú principal "Legislación". También se puede acceder directamente a través del siguiente vínculo: (Solicitud de Inscripción - Ley 941).

Junto con el Formulario de Inscripción los administradores DEBERÁN adjuntar una constancia de inscripción ante la AFIP, un certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (Tucumán 1353 de 7:30 a 19), un informe expedido por el Registro de Juicios Universales (Talcahuano 550 - Subsuelo), si es una persona jurídica la copia del contrato social y/o acta de designación de autoridades y un poder. Por otra parte los aspirantes PODRÁN (en forma voluntaria y sin obligación) adjuntar sus títulos de cursos de capacitación realizados y sus títulos o matrículas profesionales.

Suscribase desde aquí al servicio experimental de "Titulares en su Beeper o celular"Aquellos lectores de Pequeñas Noticias que están suscriptos al servicio de "Titulares en su Beeper o Teléfono Celular" recibieron el lunes, a primera hora de la mañana el aviso personal de que está disponible el formulario de Inscripción en el sitio de Pequeñas Noticias.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Sueldos Julio/2003

¿Cómo se incrementan y descuentan los $28?

La Resolución ST 64/2003 establece que los 200 pesos no remunerativos deberán descontarse de a $28 por mes hasta que desaparezcan.

El Decreto 392/03, Boletín Oficial (B.O.) 15/07/03, incrementó a partir del 1º de julio la remuneración básica de los trabajadores del sector privado y en relación de dependencia, comprendidos en el régimen de negociación colectiva, en 28 pesos por mes durante 8 meses, hasta agregar la suma de 224 pesos a la remuneración vigente al 30 de junio de 2003. También decía que estos incrementos progresivos serían deducidos de la asignación no remunerativa de $200 hasta que ésta desaparezca.

En su momento, entendimos que la asignación no remunerativa de 200 pesos iría decreciendo en 25 pesos por mes, ya que al dividirla por 8 cuotas arrojaba ese valor. También se había aclarado que ese adicional de $3 a cada cuota se establecía para que los sueldos de bolsillo no disminuyan demasiado a la hora de hacer el descuento correspondiente a la jubilación y al resto de los aportes del trabajador.

Con fecha 29 de julio (y posterior al cierre del Boletín de Pequeñas Noticias Nº 174 - 28/07/03) se publicó en el B.O. la Resolución ST 64 que reglamenta el Decreto 392/03 cuyo texto completo a la fecha todavía no obra en nuestro poder.

Sólo hemos podido encontrar un breve comentario en el sitio www.arizmendi.com.ar que dice: "Se incrementa en 8 cuotas de 28 pesos el salario básico a partir de julio de 2003, igual cantidad se descuenta a la asignación no remunerativa y se fijan los importes de los montos de aportes y contribuciones que se deben depositar por la misma: 5,40 % el empleador y 2,70 % el trabajador con destino a la obra social, debiendo además integrar los porcentajes previstos en la legislación vigente para el INSSJP..."

También aclara que: "el incremento será proporcional cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, trata los casos de trabajadores con comisión (viajantes exclusivos, no exclusivos y trabajadores a domicilio), agrega que no será aplicable a trabajadores agrarios, servicio doméstico y trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, que permite adecuaciones por particularidades del sector y del Convenio Colectivo de Trabajo."

Apenas tengamos el texto completo de la mencionada resolución, lo analizaremos en detalle y haremos un cuadro mes a mes para mostrar cómo se irán modificando los 200 pesos de la asignación no remunerativa.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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De izq. a der.: Gustavo Desplats, Norberto Notta y Luis ZamoraConsorcios & Comunas

Decidir o no decidir

El pasado viernes 1º de agosto (2003) el Dr. Luis Zamora, candidato a Jefe de Gobierno Porteño por el partido Autodeterminación y Libertad, en un evento organizado por las protocomunas de Flores y Caballito en el Pub/Café Contacto del barrio de Flores, conversó sobre el futuro de las comunas y su proyecto de descentralización en un diálogo de igual a igual con los vecinos.

El comienzo de la charla estaba previsto para las 19:30 en Contacto Pub/Café que se encuentra en la calle Bacacay 1715. Cuando llegó el candidato el salón estaba colmado de vecinos de Flores, Caballito y otros barrios interesados en escuchar sus propuestas sobre las comunas y la futura descentralización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El evento había sido motorizado por dos vecinos: el Ing. Norberto Notta y el Sr. Gustavo Desplats, pioneros en esta cruzada democrática que pretende acercar a los habitantes de los barrios porteños la posibilidad de deliberar y decidir directamente sobre los temas que les atañen.

Pequeñas Noticias sostiene que la comunidad consorcial es un espejo de la sociedad o, lo que sería lo mismo, que la sociedad refleja los problemas de la comunidad. En este marco se acercó a indagar el pensamiento del candidato sobre problemas que, valga la perogrullada, serían comunes a las futuras comunas y a los actuales consorcios. 

El Dr. Luis Zamora levantó el guante. Vió rápidamente la relación y las semejanzas entre ambos desafíos. Contó una pequeña porción de su experiencia personal en su consorcio y reflexionó sobre la participación y la descentralización del poder.

Pequeñas Noticias: A la comunidad consorcial nosotros la vemos como la primera organización social mas allá de la familia. Hay 2 millones de personas viviendo bajo este régimen y uno de los problemas centrales de las cuales nosotros recabamos testimonios es la falta de participación de la gente. Usted acertadamente define al presidente de nuestro país como mandatario. El administrador de un consorcio también es mandatario. Hemos recibido quejas de que algunos grupos de vecinos nombra a su mandatario y después en las asambleas terminan bajando sólo cuatro de ellos que, a veces, entran en componendas con el administrador y se terminan perpetuando en una especie de espiral perverso que no se puede salir y que ha llevado a la comunidad al punto en que está. ¿Cómo se revierte esta situación y cuál es la solución?

Dr. Luis Zamora: (La solución) no la tengo... (risas). Creo que es un muy buen ejemplo de los problemas que tenemos. El consorcio es lo de uno. Tiene los mismos problemas que la comuna. Si uno quiere estar en contra de las comunas tiene sólo que decir: mire si una persona no se calienta por el edificio donde vive cómo se va a preocupar por el barrio. 

Cuando (mi señora y yo) alquilábamos en Camargo y Lavalleja, pagábamos $220 de expensas por un departamento de tres ambientes y revisábamos las expensas de aquí y de allá, de arriba abajo y obviamente era todo un robo. Pero sólo había dos vecinos de los catorce o quince de todo el edificio que se preocupaban por las cosas. No podíamos hacer una asamblea de consorcio. Y miren que yo recorría, tocaba los timbre. Iba mi mujer. Ibamos juntos y les hablábamos. Éramos amigos, nos llevábamos bien pero a la hora de bajar no había nadie. A las 21 horas del viernes a la noche estaba el administrador, por supuesto enfrentado con nosotros y cuatro vecinos. Siempre tenía la tentación como diputado (esto fue por el 93) de decirle: a vos te voy a cruzar como diputado.

Pero yo no quería hacer eso. Porque yo lo que quería era que fuera el edificio el que se preocupara. Finalmente logramos que participaran después de recorrer, explicar y llevar la pruebas nos pudimos sacar de encima al administrador. Lo cambiamos. 
Yo llegué a la conclusión de que de cualquier forma me estaban robando con todo lo que alquilamos durante tantos años y decidimos ver cómo podíamos hacer un esfuerzo para meternos en una hipoteca y empezar a pagar lo nuestro. Así que no solucioné el problema del consorcio y entonces me fui...(risas).

Quiero decir que cuando alguien ve que es consultado pero no decide, cuando alguien ve que participa pero no decide, cuando alguien ve que le dan la posibilidad de opinar pero no de decidir, (porque los gobernantes a veces nos consultan pero uno ve que hacen lo que quieren. O porque parecen decisorias pero después por abajo uno ve que el administrador sigue haciendo lo que quiere con dos o tres vecinos con los cuales arregla) entonces uno tiende a alejarse. Porque ve que uno no tiene peso. 

Yo creo que un elemento muy importante de participación es ver que esa hora que invirtió le rindió. Porque lo que se votó se hizo. Después vemos si fue un error o no. Vemos si el plomero que elegimos fue un desastre o no, pero nos hicimos cargo y lo resolvimos nosotros. Esto es algo fundamental. Aunque es una pelea por ahora teórica, cuando polemizamos alrededor del tema de las comunas, con los otros candidatos, discutimos si la comuna va a decidir o no. En el tema del presupuesto participativo lo mismo. Vamos a decidir o no vamos a decidir...Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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SIJyP versión 21 Release 1.

La nueva versión está disponible

Para el 30 de julio la esperada versión ya estaba disponible en www.PequenasNoticias.com.ar en la sección Programas para ser instalada y así poder confeccionar la declaración jurada del mes de julio.

Este cambio en la versión del aplicativo fue debido al decreto 390/03 (B.O. 15/07/03) que suspendió el aumento del 2% en el aporte de los trabajadores bajo el régimen de capitalización quedando en el 7% hasta el 30 de junio de 2004. Sin embargo el usuario de esta nueva versión no percibirá en su operatoria ninguna modificación dado que todos los cálculos se realizan en forma totalmente automática.

Con este nuevo decreto a partir del 1 de julio de 2004 aumentará al 9% y desde el 1 de octubre de 2004 en adelante se deberá descontar el 11% y así se igualará el porcentaje con el de los trabajadores que aportan su jubilación al régimen de reparto.

Suscribase desde aquí al servicio experimental de "Titulares en su Beeper o celular"Los suscriptos al Servicio Gratuito de Noticias en su beeper o en su móvil, se enteraron de la novedad apenas se produjo y pudieron realizar el trámite el mismo 30. Todos aquellos que todavía no tienen este servicio les recordamos que lo pueden solicitar gratuitamente en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar en la sección Suscripciones y allí en Suscripción al servicio de noticias por "beeper" o teléfono celular.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


La peor opinión 

es el silencio...

CorreoDeLectores@PequenasNoticias.com.ar

El portal de los administradores y consorcistas.

ADMINISTRADORESph.com.ar

Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí.


Expensas

Cobre dos

El martes 29 de julio de este año (2003) en el matutino "Ambito Financiero" el Adm. Jorge Hernández, en su carácter de presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), declaró que cuando la administración (del consorcio) es ejercida por un miembro del edificio (propietario) los trabajos se pueden llegar a sobre-facturar desde un 50% a un 100% más.

En declaraciones, que luego ratificó ampliamente en su programa de radio, el Adm. Jorge Hernández concluyó que el 47% de los edificios paga expensas encarecidas por irregularidades sobre los datos de un estudio elaborado por FRA donde se analizaron las cuentas de 1900 propiedades en la Ciudad de Buenos Aires.

Según los datos que el presidente de FRA maneja, el 67% de los edificios que son auto-administrados estarían afectados por fraudes en las liquidaciones de expensas contra el 41% de los consorcios que contrataron un administrador externo.

Según Hernández el monto de los honorarios que los administradores perciben por su trabajo sería inversamente proporcional a la calidad de su gestión. Según sus palabras "no se detectan irregularidades" entre aquellos que cobran entre 10 y 14 pesos por unidad funcional. 

A continuación la opinión de cuatro actores de la comunidad consorcial que acercaron su opinión a nuestra redacción. Y Ud. ¿qué opina....? Envíe sus comentarios a CobreDos@PequenasNoticias.com.ar

Sra. Mónica Barone (inquilina)

"En realidad el administrador es más corrupto. Supongo que habrá propietarios corruptos que están metidos en cosas raras pero el administrador tiene más posibilidades que el mismo propietario. Algunos propietarios que están dentro del consejo de administración son sospechosos pero en el caso mío o de mis vecinos no nos pueden acusar de corruptos porque no tenemos acceso para hacer nada dentro del edificio. 

No en todos los casos, hay administradores buenos, en diez hay uno que es bueno y los otros no. Nueve son todos corruptos, todos llevan agua para su molino. Por ejemplo, acá en mi edificio nosotros tenemos un plomero para el consorcio. ¿Por qué no podemos traer un plomero de afuera para ver si tiene mejor precio o no? Porque la administración se maneja con un plomero y este le eleva el precio y como yo no tengo acceso para ver cuánto es lo que pide y no tengo conocimiento de cuánto es lo que vale cada arreglo entonces ahí se presta al juego de la corrupción." 

Sr. Gonzalo Acuña (propietario)

"Primero quiero destacar que la fuente de semejante escrito en Ambito Financiero es, obviamente, una parte interesada en el concepto de incluir los administradores "profesionales" y por lo tanto tiene una tendencia bien clara. 

Yo no creo que sean más corruptos los administradores vecinales o no profesionales. Lo que puede pasar es que tal vez sean más torpes para ocultar sus maniobras en el caso de que las cometan. Hay administradores correctos pero es más que frecuente (ya es tan tradicional que se lo menciona como el otro diezmo) el caso de muchísimos administradores que, o cobran un porcentual que puede ser del 10% o más, o directamente arman sus propias estructuras monopólicos de proveedores (o monopsómicos) y cierran el círculo. Es decir que realizan las reparaciones a través de su propio personal en relación de dependencia evitando así la competencia porque claro, ahí "no hay corrupción", pero está la corrupción que se desprende de no haber existido oferta libre que permita comparar precios.

Yo, por un lado pienso que el administrador individual, el vecino que es corrupto tal vez sea más torpe para esconder sus metidas de pata. Quizá el administrador muy "profesional" es más vivo para hacerlo y lo hace a través de este tipo de tramoyas.

El tema de que los administradores "caros" son honestos y los "baratos" son deshonestos en realidad es una mentira porque conozco casos de tipos que cobran fortunas y a pesar de eso, meten la mano en la lata. Eso no es un supuesto básico. El que es corrupto es corrupto así gane 1 o 1 millón de pesos.

Que los administradores tengan que tener una retribución adecuada está perfecto, pero juntamente con eso los consorcios tienen que (y para esto tiene que cambiar la Ley de Propiedad Horizontal) establecer mecanismos de validación del mandato anualmente y además imponerles la obligación de que presenten el estado de cuenta bancaria, o sea tener el dinero en el banco con firma conjunta, y presentar sistemáticamente en la misma fecha para todos los consorcios el estado de cuenta. Ahí se van a pulir muchos corruptos y corruptelas."

Sr. Raúl Guinzburg (propietario)

Yo no tengo experiencia con auto-administrados. Sobre el particular no tengo información. 
Sin embargo según mi opinión personal (vuelvo a repetir que no tengo información precisa) creo que no es así.

Si yo auto-administrara, nombrado por un consejo, en forma "ad honorem", pienso que lo haría para favorecer no sólo a mi bolsillo (bajando las expensas) sino al de todo el consorcio. Yo tengo una formación, no sé si los demás son así o no. Yo no tocaría un centavo, pero eso no quiere decir que haya gente que no piense así.

Con respecto a la honestidad de los administradores más caros no estoy de acuerdo. Es más, estoy completamente en desacuerdo. De ningún modo puedo pensar que el que cobra más o el que cobra menos va a robar más o va a robar menos, de ninguna manera. El administrador que es corrupto va a ser corrupto así le den 10 veces más de lo normal o 10 veces menos. No estoy de acuerdo, en absoluto. 

Es decir, puede que esté bien pago pero en este rubro siempre hay tentaciones. Ocurre que los contratistas ya como costumbre (parece ser que es una características nuestra, de los argentinos) le proponen al administrador "le doy tanto". El proveedor con tal de obtener el trabajo es probable, aunque el administrador no lo haga y sea honesto, ofrecer él una parte, es decir si el trabajo vale 700, ponemos 770 y los 70 son para el administrador.

Ahí se da la sobrefacturación y estaría esa tentación de que el que nunca lo hizo, quizá lo hace. 

Por eso no estoy de acuerdo, yo diría que el administrador debería ganar lo menos posible, si es un buen administrador, porque si es honesto va a tener muchas más administraciones.

Contador Norberto Wilinski (PropHor - AIPH)

"Desde mi actividad como contador y asesor de consorcios, yo tengo varios consorcios auto-administrados que son clientes míos y justamente vienen a hacerse asesorar para hacer las cosas correctamente, principalmente lo que es sueldos y cargas sociales y evitarse así muchos problemas.

En general, por lo que yo hablo con la gente, no parecería que sea estafadora, es gente que la mayor parte ni siquiera cobra honorarios para administrar. A priori, por la relación que yo tengo con los clientes, me parece que son gente sana. Por otro lado un administrador sabe cuál es el precio de mercado y un consorcista que auto-administra a lo mejor no sabe cuál es el costo del mercado de una destapación, de una limpieza de tanques de agua, de un abono de desinfección entonces es ahí donde se puede prestar no al mal manejo de la persona que administra si no al aprovechamiento de un proveedor. 

Todo el mundo lo que quiere es que no existan más los auto-administrados porque desde el ángulo de los administradores se plantea porque es pérdida de potenciales clientes. 

Si hay un administrador que está bien remunerado va a trabajar más tranquilo, pero la avaricia de la persona aunque cobre buen honorario y vea negocios paralelos lo va tentar también."Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¡¡¡ Ya hay 3 ganadores más 

de los premios que sorteamos la semana pasada

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

¡¡¡ los afortunados de esta semana son... !!!

1.-

Genoma - Palermo Hollywood - Cena/Show/Disco

Guillermo Scheperski (DNI ...345)

2.-

Teseo - Centro - Cena/Show

María Alejandra Tisera (DNI ...944)

3.-

El Federal - Palermo Viejo - Almuerzo/Cena

Esteban Javier González (DNI ...047)

Los ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente.

- Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos -


Pequeñas Noticias

Indice de Julio 2003

En el mes de Julio publicamos los Boletines 171, 172, 173 y 174 y para que tengan todos los temas vistos, les acercamos el índice correspondiente.

Como venimos haciendo desde el mes de marzo del corriente año, les brindamos el índice de cada uno de los boletines de Pequeñas Noticias correspondientes al mes de Julio, con su número, fecha, sección, título y breve descripción del contenido.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

P E Q U E Ñ A S N O T I C I AS

Indice Julio 2003

Boletín

Nota

Fecha

Sección

Nombre

Breve descripción

174

28/07/03

Nota de Tapa

El Congreso ataca

Ley 13.512: Cinco proyectos para modificarla.

174

28/07/03

Periodismo

Vendiendo el alma al diablo

Pequeñas Noticias responde a un lector s/ acusaciones por realizar publicidad encubierta.

174

28/07/03

Sueldos: Dto. 392/03

Incidencia de las cuotas en el sueldo

Sueldos: Incidencia de las cuotas en los sueldos, horas extras, contribuciones, etc.

174

28/07/03

SIJyP Versión 21 Release 1

Todavía no está disponible la última versión

SIJyP 21 r1: Todavía no está la nueva versión para descargar.

174

28/07/03

Humor

Una vacante en la CIA

Humor.

174

28/07/03

Correo de Opinión

¿Accesibilidad vs. Integración?

Raúl E. Guinzburg (Consejo de Lectores y Coprop.) opina s/Accesibilidad e Integración.

174

28/07/03

Rincón Solidario

Un grupo de duplex inscriptos como PH

León Estrugo (Adm.) contesta s/varias consultas de uno de los propietarios de los duplex.

174

28/07/03

Rincón Solidario

Elección de Consejeros

Victoria Loisi (Abog.): responde s/los requisitos para elegir consejeros.

174

28/07/03

Rincón Solidario

DDJJ anual de Ingresos Brutos

Federico Salcines (Cdor.) contesta s/la presentación de la DDJJ anual de Ingresos Brutos.

174

28/07/03

Correo de Lectores

Cursos en la Facultad de Derecho

Cursos: Información s/cursos de Administración que organiza la Comisión Municipal de la Vivienda y la UBA

174

28/07/03

Correo de Lectores

Horas Extras

Horas extras: ¿Cómo se deben liquidar las hs extras y las hs extras nocturnas?

174

28/07/03

Correo de Lectores

Datos de la inscripción al registro

Ley 941: Información s/la inscripción al registro.

174

28/07/03

Correo de Lectores

Recordatorio para los libros

Libros: de Actas, Administración, Ordenes y Sueldos.

174

28/07/03

Correo de Lectores

Limpieza durante dos horas semanales

Encargados: Categoría para trabajador de limpieza

174

28/07/03

Correo de Lectores

¿Cómo es el sistema de cuotas?

Sueldos Julio/03: El paso de las cuotas al sueldo.

Su majestad el lector

¿Candidatos: qué pasó?

Encuesta: 6º encuesta semanal sobre las elecciones porteñas.

173

21/07/03

Nota de Tapa

Los Intocables

Defensoría del Consorcista en Donizetti 59, solidaria y gratuita para los vecinos.

173

21/07/03

Comisión Municipal de la Vivienda

Clase Abierta

José María Orelle (Abog) es quien está a cargo de los cursos de Administración de consorcios que dictará la CMV junto con la UBA

173

21/07/03

Ascensores

Sin palabras!!!

Ascensores: Nuevo procedimiento para la obtención de las obleas.

173

21/07/03

Registro de Administradores

Comienza la inscripción

Ley 941: El 11 de agosto comienza la inscripción para el Registro de administradores.

173

21/07/03

Sueldos Julio/2003

Muchas cosas para tener en cuenta

Sueldos 07/03: Para no olvidarse a la hora de liquidarlos.

173

21/07/03

Correo de Opinión

Carrera Universitaria para Corredor y Martillero

La Universidad Tencnológica Nacional dicta la carrera de "Técnico Superior en Negociación de Bienes".

173

21/07/03

Correo de Opinión

Discapacidad: Cumplimiento de la ley de cheques.

Pablo A. Molero (Pbro.) comenta aspectos s/la Ley de Cheques Nº 24.452.

173

21/07/03

Correo de Opinión

Quiero comprar el Libro de Ordenes II

Héctor Mazzier (Adm.) aporta su experiencia al querer comprar el Libro de Ordenes.

173

21/07/03

Rincón Solidario

No es apto profesional

Elvira Lucero (Adm. y Abog.) contesta s/el destino de las UF de un edificio.

173

21/07/03

Rincón Solidario

Rubricar el libro luego de comenzado

León Estrugo (Adm.) contesta s/la rúbrica del libro de Administración.

173

21/07/03

Rincón Solidario

Remover a un administrador

León Estrugo (Adm.) contesta s/cómo remover a un administrador

173

21/07/03

Rincón Solidario

Vecino de un barrio de la Comisión Municipal de la Vivienda.

Victoria Loisi (Abog.): responde s/consultas sobre el Consejo de Administración.

173

21/07/03

Correo de Lectores

¿Gastos extraordinarios o expensas extraordinarias?

Expensas: Comentarios sobre gastos extraordinarios y expensas extraordinarias.

173

21/07/03

Correo de Lectores

Ley 941

Ley 941: Solicitud de información

173

21/07/03

Correo de Lectores

Ascensores y registro

Ascensores: Nuevas disposiciones para el trámite de las obleas.

173

21/07/03

Correo de Lectores

Texto de la Ley 941 y su reglamentación

Ley 941: ¿Dónde encontrar su texto y el de su reglamentación?

173

21/07/03

Su majestad el lector

El gran ausente

Encuesta: 5º encuesta semanal sobre las elecciones porteñas.

172

14/07/03

Nota de Tapa

Reto al destino

Ley 13.512: Proyecto para modificarla del diputado Héctor Polino.

172

14/07/03

Medios

Una guía a su servicio

Martín Barrios, entrevista sobre medios consorciales. Guía, Servicios para Consorcios.

172

14/07/03

Sueldos Julio/2003

Novedades al por mayor

Sueldos: Todas las novedades para los sueldos de julio de 2003.

172

14/07/03

Información

Gran Hermano

Datos: El Gobierno intenta crear una súper base de datos de todos los argentinos.

172

14/07/03

Breves: Consumo.

Más lugares para reclamar

Reclamos: Defensa del Consumidor atiende quejas de vecinos porteños.

172

14/07/03

Breves: Asignaciones Familiares

Pago directo en las cuentas sueldos

Asignaciones Familiares: Pago directo en las cuentas sueldos.

172

14/07/03

Correo de Opinión

¿Hasta dónde llegará la intromisión del estado?

Osvaldo Loisi (Abog.) opina s/ley que indexa con el precio de la nafta algunas infracciones, entre otras cosas.

172

14/07/03

Correo de Opinión

Recibir algo de retorno

Gonzalo Acuña (Coprop.) opina s/la repercusión de las publicaciones de Pequeñas Noticias.

172

14/07/03

Correo de Opinión

Desde México, Distrito Federal

Ricardo Orozco Farrera, desde México nos agradece el envío de Pequeñas Noticias y hace un paralelismo con su país.

172

14/07/03

Rincón Solidario

Quiero comprar el Libro de Ordenes

María Lucía Lanzillotta (Adm.) contesta s/dónde comprar el Libro de Ordenes.

172

14/07/03

Rincón Solidario

La primera hoja del Libro de Actas

Elvira Lucero (Adm. y Abog.) contesta s/dónde averiguar la antigüedad del edificio.

172

14/07/03

Rincón Solidario

Dejaron de pagar sus expensas

León Estrugo (Adm.) contesta s/problemas en la cobranza de las expensas y sus consecuencias.

172

14/07/03

Su majestad el lector

Elecciones porteñas

Encuesta: 4º encuesta semanal sobre las elecciones porteñas.

171

7/07/03

Nota de tapa

Dueño Vende

Cursos: Relevamiento de todos los cursos de administración disponibles en el mercado.

171

7/07/03

Medios

Un consorcista con voz

Juan Iglesias, (Abog. penalista) conductor del programa radial "La Nueva Radio", entrevista.

171

7/07/03

Periodismo

Caiga quien caiga

García de Rivas Claudio, carta abierta del Director de Pequeñas Noticias al administrador Jorge Hernández

171

7/07/03

AFIP

Un súper operativo contra la evasión

AFIP: Operativo contra la evasión fiscal.

171

7/07/03

Internet

¿Un ataque masivo de hackers?

Internet: Se prevé un ataque masivo de hackers a la red de redes.

171

7/07/03

Breves

Empresas Privatizadas: No habrá aumento de tarifas.

Tarifas: No habrá aumentos.

171

7/07/03

Pequeñas Noticias

Indice de Junio 2003

Pequeñas Noticias: Indice de los temas tratados en Junio de 2003

171

7/07/03

Fe de Erratas

La charla del Dr. Awad

Eduardo Awad (Abog.): una aclaración sobre su charla.

171

7/07/03

Rincón Solidario

No quisiera incumplir

María Lucía Lanzillotta contesta s/dónde averiguar la antigüedad de un edificio.

171

7/07/03

Rincón Solidario

Mis intimaciones se las pasa por el...

Pablo Burna (Adm. e Ing.) contesta s/problemas entre un propietario y un administrador.

171

7/07/03

Correo de Opinión

Picardías y chicanitas, todas calientitas

Gonzalo Acuña (Coprop.) opina s/una asamblea extraordinaria en Donizetti 41 Torre B.

171

7/07/03

Correo de lectores

Libros obligatorios

Libros: Libros obligatorios del consorcio.

171

7/07/03

Correo de lectores

Marido y mujer

Encargado: quién no puede suplir al encargado

171

7/07/03

Su majestad el lector

Buscando al jefe

Encuesta: 3º encuesta semanal sobre las elecciones porteñas.


¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

de 1 de los 3 premios que semanalmente le ofrecen

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo lunes 11 de agosto a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.


1.-

Genoma - Palermo Hollywood - Cena/Show/Disco

Menú a elección para 4 personas

2.-

Obvio - Palermo - Cena/Show

Menú a elección para 4 personas

3.-

Teatro del Globo - Centro - Espectáculo

2 entradas para 1 espectáculo


(*) El mail debe ser dirigido a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. Todos los premios están sujetos a las condiciones impuestas por la empresa Solo Premios. Los premios gastronómicos pueden no incluir derecho al espectáculo (si lo hubiera) que en general tiene un cargo mínimo, uso del servicio, postres o bebidas y pueden tener una consumición mínima de una gaseosa o agua mineral por invitado. Los términos del premio están detallados con valores en el reverso de cada tarjeta de invitación y son inapelables por no depender de la producción de Pequeñas Noticias. Estos premios están auspiciados por www.administradoresPH.com.ar. Los premios se entregarán en las oficinas de Pequeñas Noticias a todos los participantes con domicilio en Capital Federal y Gran Buenos Aires y por correo postal a nuestro cargo a los habitantes del interior del país. En caso de inconvenientes con un premio determinado por razones ajenas a la producción de Pequeñas Noticias se canjeará por otro similar de sus mismas características no dando lugar a reclamo alguno. La participación en este sorteo implica la aceptación de las condiciones del mismo.


Breves Pequeñas Noticias

Capacitación

Curso terciario de Administración

En estos días la Liga del Consorcista anunció que a partír del 1º de setiembre de 2003 comenzará el nuevo Curso Interdiciplinario Intensivo coordinado por esta fundación que se dictará para profesionales en la Universidad del Salvador.

El curso tendrá una duración de 24 horas cátedra y se extenderá durante tres meses. Tendrá un nivel terciario y  será dictado por Dr. Osvaldo Loisi, la Dra Rita Lidia Sessa, el Dr. Claudio Marcelo Kiper, el Ing. Miguel Angel Nastri, el Dr. Norberto Wilinski, el Dr. Mario Masciotra, y el cuerpo de profesores de la Universidad del Salvador.

Entre los temas a estudiar estarán comprendidos aspectos Civiles, Comerciales y Administrativos en el consorcio, delitos, Legislación Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires relacionada, las Normas IRAM, el Registro Público de Administradores de la Ciudad de Buenos Aires, nociones de arquitectura y urbanismo, liquidaciones de expensas, psicología y ética de la vecindad, perspectivas futuras de la propiedad horizontal y se dedicará un espacio importante a la práxis y análisis de casos. Su costo es de $240 e incluye el certificado correspondiente y el curso se dictará en la Sede de la Universidad del Salvador. Para más información se puede llamar a los teléfonos 4816-5111 / 4811-9836.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

 

Comisión de Consorcios

El Centro de Gestión y Participación Nº 7 

y Pequeñas Noticias

lo invitan a propietarios, encargados, proveedores, administradores y profesionales a participar de la primer Comisión de Consorcios que funcionará en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires todos los miércoles de 19:30 a 20:30 hs en Rivadavia 7.202 3º piso.

 ---

Formación de mesas de trabajo de estudio de proyectos y soluciones 

a la problemática de la comunidad de la propiedad horizontal.

Asesoramiento solidario y gratuito

     

Participación libre y gratuita  

Todos los miércoles de 19:30 a 20:30 hs.

Rivadavia 7202 3º piso

Teléfonos: 4613-1530 / 4637-2355 / 4145-6902  - Internos: 323/324


Para mayor información contactarse con Pequeñas Noticias - TE: 4581-3906 - RadioMensaje: 4527-6669 - Móvil: (15)4449-8137 - E-mail: ComisionConsorcios@PequenasNoticias.com.ar


Correo de Opinión

Debate bizantino

Sr. 

Director de Pequeñas Noticias:

He leído con atención la contestación al correo electrónico por mí remitido, agradeciendo desde ya el tratamiento y la seriedad con que ha sido analizado el tema. Sin embargo quisiera aclarar, sin intención de generar un debate bizantino, que la observación o crítica partía por la publicidad realizada y no por la nota principal (la que reitero ha sido bienvenida) ya que el planteo efectuado por mí no giró entorno a si se debía publicar la noticia, lo cual no estaría en duda ya que comparto la opinión de que la noticia no debe ocultarse, sino respecto a que si en una misma publicación corresponde hacer publicidad de la actividad comercial de la persona mencionada sea el Sr. Estrugo o cualquier otra. 

Por último quiero aclarar que no conozco al Sr. León Estrugo, por lo que no debe interpretarse mi opinión vertida, como un juicio de valor sobre la mencionada persona, solicitando asimismo al Sr. Director tenga a bien hacer llegar esta aclaración a los involucrados en mi e-mail precedente.

Saludo a Ud. muy Atte. y a Vuestra disposición, Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Víctor Alejandro Italiano.-

(31/7/2003)


Listado Completo de Empresas Conservadoras de Ascensores

con permiso anual según el Decreto 578/01 y con permiso provisorio por falta de constancia de habilitación (falencia de la G. C. B. A.)

Listado proporcionado por la D.G.F.O.C.

Empresas Auspiciantes

Empresa

Teléfono

Localidad

Ascensores Elepar SRL

4433-2568

Capital Federal

Ascensores Repic

4554-1877/4551-4585

Capital Federal

Logica Electromecanica S.R.L.

4303-7461

Capital Federal

M. S. B. S.R.L.  

4554-5721

Capital Federal

Listado completo de empresas


Correo de Opinión

El área comercial y el comunitario

Con referencia a los comentarios del Sr. Víctor Italiano de la Ciudad de Mar del Plata sobre el artículo "Los Intocables" publicado en el Boletín Nº 173 del 21 de julio, es mi opinión que en otro contexto podría tener alguna razón de ser sus críticas morales con referencia al Administrador León Estrugo.

Es evidente que existen acá dos áreas: el comercial y el comunitario. En la faz comercial cualquier persona, en este caso Administrador, tiene derecho a promocionarse en los medios gráficos, orales, radiales, televisivos, etc. En el área social, cualquier individuo tiene derecho a expresarse y gestar sus ideas en obras o instituciones de bien público. En este caso específico que comentamos, no es absolutamente incompatible dichas funciones. El Sr. León Estrugo es también un colaborador de la publicación realizando una tarea de bien común al evacuar, en forma gratuita, las consultas de todos los vecinos y propietarios de edificios. A su vez el hecho de crear, en forma novedosa, la Defensoría del Consorcista, lo hace aún más transparente y franco. Sería improcedente que no pudiera, por ser usuario comercial, plasmar una idea tan brillante, que brinda a la comunidad consorcial un real beneficio. Tampoco sería justo que en virtud de esa propaganda hiciera figurar a otra persona como creador de la propuesta o al revés, que en virtud de ser el iniciador del proyecto no pudiere realizar su desarrollo como promotor de servicios. En fin, creo que el Sr. Italiano, con todo el respeto que me merece debiera ver estas alternativas desde otra óptica y no realizar la crítica por la crítica misma.

Atentamente.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Raúl E. Guinzburg
Consejo de Lectores de Pequeñas Noticias

(30/7/2003)


Avisos Clasificados

Empleo - Ofrecido

ENCARGADO/SUPLENTE edificios de oficinas o vivienda. Hombre 40 años se ofrece con amplia experiencia - Disponibilidad inmediata y Full time. Conocimientos de plomería, electricidad, albañilería.- Saúl Pais - Teléfono para mensajes: 4911-5814 - Parque Patricios - Capital Federal

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Mascotas - Ofrecido

Vendo gatita siamesa de 2 meses de vida de color blanco y ojos celestes. Llamar al TE: 4856-0292 de 20 a 23 hs y preguntar por Sofía.


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Reparación de Servicios Centrales

El reglamento de copropiedad sólo reconoce la reparación de servicios centrales como ser el agua, pero sólo en la columna general. ¿Existen sentencias judiciales que se puedan consultar al respecto para tener una base en el pedido de modificación del reglamento, ya que una propietaria es empleada del administrador y nos retacea la información? 
Desde ya muchas gracias.
Daniel C. S.
(29/7/2003)

Estimado Daniel C. S.:

Lamentablemente su pregunta es demasiado genérica. Debemos saber con más precisión cuál es el problema. Jurisprudencia existe sobre muchos problemas que afectan a los consorcios, pero habrá que analizar el caso con mayor detalle para saber en qué medida podría ajustarse a su situación.

El hecho que una propietaria no le brinde "información", tal como Vd puntualiza en su pregunta, no tiene relación con el problema, puesto que no hay obligatoriedad por parte de los copropietarios de informarle nada a un vecino.

Lo saluda atte,

Dra. Victoria LoisiEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Relaciones Intitucionales

---

La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C"


El que no está en Pequeñas Noticias no existe...


Nosotros lo acompañamos, Ud. participe...

Plan Invierno para "Pequeños" Anunciantes

Anunciantes@PequenasNoticias.com.ar


Rincón Solidario

Contesta la Dra. Elvira Lucero

Dra Elvira LuceroDesde este rincón los profesionales contestan a propietarios y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Trabajar alcoholizado

Señores Pequeñas Noticias:

De mi mayor consideración:

Envío por este medio mi consulta respecto a lo siguiente:

1.- Que medidas se pueden tomar con un encargado que concurre a trabajar presumiblemente alcoholizado? 

2.- Se puede establecer en qué casos se puede suspender a un encargado o a un suplente? 

3.- La suspensión desde cuándo se debe aplicar? 

4.- A las cuántas suspensiones se puede despedir a un encargado o a un suplente con justa causa? 

5.- Ante una falta leve, cómo se debe apercibir al encargado en el libro de ordenes?

Saludo antentamente.

Francisco L

(29/7/2003)

1) El alcoholismo es considerado una enfermedad. Por lo cual no es aocnsejable aplicar una sanción disciplinaria con el encargado que se presenta a trabajar alcoholizado.
En estos casos es conveniente enviarlo al médico o empresa de medicina laboral que tenga el consorcio. No dejarlo trabajar en esa forma, ya que puede tener un accidente, y en ese caso al consorcio le cabe toda la responsabilidad, ya que se encuentra en cabeza del empleador la protección del empleado enfermo.

2) Los trabajadores de Propiedad Horizontal en relación de dependencia, se rigen por el convenio de trabajo (cct 306/98), del cual las obligaciones que tienen están estipuladas en el Art. 24, del citado convenio. Las causas graves, son taxativas ( son esas y nada más que esas). Son cinco y estas están descriptas en el artículo 5º de la Ley 12.981 (Estatuto del Encargado)

3) En caso de una falta se debe comenzar con los apercibimientos, los cuales deben transcribirse al Libro de Ordenes con la entrega de una copia al trabajador. En caso de negarse éste a firmarlo se le debe enviar una carta documento, para notificarlo. Luego podemos comenzar por aplicar suspensiones, las cuales no pueden ser extenporáneas ( deben ser al momento de cometer una violación a sus deberes), y serán acordes al incumplimiento. 

4) Para las sanciones disciplinarias se toman en cuenta los últimos seis meses, y deberán reunirse al menos 30 días de suspensiones. Debemos ser diligentes en ello, pues el trabajador puede considerarse perseguido o injuriado. No nos olvidemos que hasta diciembre de 2003, existe un impedimento fuerte para los despidos pues, en caso de despido sin justa causa, deberán abonarle una doble indemnización.

5) Ante una falta leve del trabajador, debe registrarse detalladamente el incumplimiento a sus deberes en el libro de ordenes tal cual emana del Art.24 CCT 306/98 como lo mencioné anteriormente.

Por ejemplo puede ser del tipo: "Queda usted apercibido por no entregar la correspondencia...( a determinado propietario)."

Cordialmente.

ElviraEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra Elvira Lucero es abogada y administradora de consorcios. Para cualquier comentario sobre esta nota se pueden dirigir al teléfono XXXX-XXXX,  por carta a XXXXXXXXXXXXXXXXXX cuerpo o al mail xxxxxxx@yahoo.com.ar


SEMINARIOS-TALLER

Centro de Gestión y Participación Nº 6

Av. Díaz Vélez 4556

cgp6@buenosaires.gov.ar

TE:4958-7047/48

TODO LO QUE UD. QUIERE SABER

SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL

Jueves 7 de agosto de 2003

El reglamento de copropiedad

Jueves 14 de agosto de 2003

Obligaciones y derechos humanos como propietarios

Jueves 21 de agosto de 2003

Asambleas, aprenda a manejarse en ellas

Jueves 4 de septiembre de 2003

Derechos y obligaciones de los administradores

Horario de 19 a 21 hs.


Expositora: Dra. Diana Claudia Sevitz. Abogada, mediadora

Mediadora Directora del Centro de Mediación MECON-PH


Lugar del evento: Centro de Gestión y Participación Nº 6 - Díaz Velez 4558 1º piso - TEL: 4958-7047/48


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Solicito información
Hola Claudio: te cuento que estoy en un problema, al parecer el nº de consorcio que me pasó el administrador pertenece a otro edificio y no al nuestro. Por favor, quisiera saber cómo y dónde encontrar el número que realmente pertenezca a nuestro consorcio. Gracias por la respuesta. un saludo.
Alicia P
(31/7/2003)

Estimada Alicia P. :

Lamentablemente su pregunta resulta demasiado ambigua. A qué número se refiere? Al número de Cuenta Corriente del Consorcio? -en caso de tener una-.

O tal vez al número de Cuit? (esta información se encuentra en poder de ANSeS).

Gustosamente responderé su pregunta, pero por favor, sírvase aclararla un poco más.

La saluda atte,

Dra. Victoria LoisiEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Relaciones Intitucionales

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C"


Gacetilla de Prensa

Curso de Administración de Consorcios dictado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) en complementación con la Comisión Municipal de la Vivienda (CMV)

Para administradores Ad-honorem e integrantes de los consejos de Administración de los edificios de la CMV

Director: Dr. José María Orellé
Duración: 9 semanas
Frecuencia: 1 clase de 3 horas por semana
Sede: Facultad de Derecho
Horario: Miércoles de 18 a 21

 CRONOGRAMA DEL 1º TURNO

(2 Cursos de 40 personas en simultáneo)

Nº DE CLASE FECHA Nº DE CLASE FECHA
PRIMERA 13/08 SEXTA 17/09
SEGUNDA 20/08 SÉPTIMA 24/09
TERCERA 27/08 OCTAVA 01/10
CUARTA 03/09 NOVENA 08/10
QUINTA 10/09 --- ---

 CRONOGRAMA DEL 2º TURNO

(2 Cursos de 40 personas en simultáneo)

Nº DE CLASE FECHA Nº DE CLASE FECHA
PRIMERA 15/10 SEXTA 19/11
SEGUNDA 22/10 SÉPTIMA 26/11
TERCERA 29/10 OCTAVA 03/12
CUARTA 05/11 NOVENA 10/12
QUINTA 12/11 --- ---

 


Su Majestad el Lector

El favorito

Esta semana se acentuaron las diferencias entre Macri e Ibarra - Está claro que esta es la tendencia que se expresa entre los lectores de Pequeñas Noticias pero si se extendiera a nivel de toda la Ciudad el favorito ganaría en primera vuelta - Otra sorpresa: Zamora descuenta distancia y se ubica como segundo en intención de voto.

El Ing. Mauricio Macri (Compromiso para el Cambio) esta semana con los votos recibidos por los lectores de Pequeñas Noticias subió a un cómodo 54,6% seguido por el Dr. Luis Zamora (Autodeterminación y Libertad) que aventajando al Dr. Aníbal Ibarra trepó al segundo lugar con un 18,2%. 

Entre los lectores de Pequeñas Noticias el Dr. Aníbal Ibarra (Fuerza Porteña) está en problemas. Si de ellos dependiera sacaría hasta ahora un máximo de 12,1% compuesto por partes iguales entre administradores, propietarios, inquilinos y otros actores.

Por otra parte la Lic. Patricia Bullrich (Unión para Recrear Buenos Aires) está en el cuarto puesto con un 6,1% y la siguen con el quinto y sexto lugar Julián Licastro (Partido Blanco), Jorge Rodríguez (Partido Reconquista) y Christian Castillo (Partido de los Trabajadores Socialistas) con un 3% respectivamente.

Del total de suscriptos al Boletín de Pequeñas Noticias participaron un 39,4% de propietarios, un 27,3% de administradores, un 18,2% de inquilinos y un 3% de encargados y el resto (12,1%) pertenece a otros actores de la comunidad.

Ing. Mauricio Macri

Ing. Mauricio Macri

54,6%

Administradores

Propietarios

Inquilinos

44%

39%

17%

Dr. Luis Zamora

Dr. Luis Zamora

18,2%

Propietarios

Inquilinos

Otros

17%

33%

50%

Dr. Aníbal Ibarra

Dr. Aníbal Ibarra

12,1%

Administradores

Propietarios

Inquilinos

Otros

25%

25%

25%

25%

Hay que recordar que esta encuesta se rige por unas pocas reglas: cada suscripto puede votar 1 sola vez por semana y no se computan los e-mails anónimos o de direcciones que no sean de lectores del medio.

¡¡¡ Éxito para todos !!!Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Dígale a la Ciudad de Buenos Aires lo que Ud. piensa...


a.-

¿Quién votaría Ud. como Jefe de Gobierno Porteño?

Aníbal Ibarra (Fuerza Porteña)

Cristian Caram (Unión Cívica Radical)

Luis Zamora (Autodeterminación y Libertad)

Mauricio Macri (Compromiso para el Cambio)

Patricia Bullrich (Unión para Recrear Buenos Aires)

Lía Méndez (Partido Humanista)

Vilma Ripoll (Izquierda Unida)

Jorge Rodríguez (Partido Reconquista)

Julio Muñoz (Movimiento de Integración Ciudadana)

Emilio Nani (Movimiento por la Recuperación de la República)

Andrea Salmini (Movimiento al Socialismo)

César Augusto Arias (Partido de la Generación Intermedia)

Jorge Guidobono Rey (Liga Socialista Revolucionaria)

Ariel Ferrari (Partido Jubilados en Acción)

Lucio Somoza (Partido Popular de la Reconstrucción)

Mariana De Alva (Partido para una República con Oportunidades)

Joaquín Vilella (Movimiento de Jubilados y Juventud)

Marcelo Ramal (Partido Obrero)

Christian Castillo (Partido de los Trabajadores Socialistas)

Eduardo Traboulsi (Partido Demócrata Cristiano)

Enrique Martoreli (Partido Reconstrucción Republicana)

Julián Licastro (Partido Blanco)

Jorge Selzer (Partido Socialista Auténtico)

Pedro La Rocca (Partido Acción Ciudadana)

Luis Clementi (Movimiento de Integración y Desarrollo)

Voto en blanco/impugnado

No voy a votar

b.-

¿Por qué?

c.-

En la comunidad consorcial Ud. es...
...administrador
...propietario
...inquilino
...encargado
...proveedor
Otro:

E-mail del suscripto:

La encuesta está reservada para los lectores suscriptos al Boletín de Pequeñas Noticias y se permite una (1) sola respuesta por e-mail. En caso de recibir más de una se tomará como válida la última.


 

Esta encuesta la puede enviar:

1.- Manteniéndose conectado a Internet complete el formulario y pulse Enviar 
2.- Se abrirá el navegador y un mensaje le indicará que los datos se procesaron correctamente.

¡¡¡ Participe... entre todos podemos hacerlo !!!


Correo de Lectores

Reintegro de Asignaciones Familiares

Hola a todos. Antes que nada quiero que sepan que los temas que tratan en el boletín me son de mucha utilidad. Necesitaría que me informen en qué casos hay que hacer el trámite para el reintegro de asignaciones familiares y cómo se hace. Si ya dieron esta explicación por favor díganme en qué boletín la puedo encontrar.

Saludos a todos y muchas gracias.

Viviana

(31/7/2003)

Viviana, nos alegra de sobremanera saber que los temas tratados te son de utilidad. Ese es nuestro objetivo, que encuentren en el boletín una fuente de consulta y solución a los inconvenientes que esta tarea de administrar plantea tan seguido.

Pero ahora vayamos a la cuestión que te trae por aquí.

El tema de las asignaciones familiares está sufriendo cambios muy importantes ya que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) está implementando un sistema por el cual depositará el importe de las mismas directamente en la cuenta bancaria de cada trabajador, donde mensualmente cobran su salario (Boletín Nº 168 - 16/6/03 - "Directamente en la cuenta del trabajador").

Este sistema ya se implementa en las provincias de Tierra del Fuego y Salta y se agregarán progresivamente otras provincias según un cronograma que se dará a conocer. Todavía Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires no fueron incluidos en el nuevo sistema por lo cual seguimos como siempre.

El reintegro se puede solicitar siempre y cuando se haya presentado y pagado en tiempo y forma la declaración jurada mensual con los correspondientes aportes y contribuciones (F.931) y cuando el importe de las Asignaciones Familiares Compensadas sea menor al importe de las Asignaciones Familiares Pagadas.

Actualmente el Consorcio de Propietarios puede elegir dónde se depositará el reintegros de las asignaciones, si en una cuenta bancaria del consorcio o del administrador. (Boletín Nº 169 - 26/6/03 - Breves: "¿Dónde depositar los reintegros?"). Para realizar este trámite se debe presentar: a) Copia certificada del Acta de Asamblea en la que se designa el Administrador, donde deben estar sus datos personales, b) Copia certificada del Acta de Asamblea en la que el Consorcio autoriza al Administrador a percibir en su cuenta los importes de los reintegros, debiendo especificar el nombre del titular, el número y Banco de la cuenta y reconocer el efecto cancelatorio de los depósitos hasta tanto se notifique a la Administración Nacional de la Seguridad Social una decisión en contrario y c) Copia del DNI del Administrador.

Para hacer efectiva la socilitud de los reitegros se debe completar por única vez el formulario ANSES PS.2.43 llamado "Declaración Jurada Solicitud de Acreditación Directa de Reintegros de Asignaciones Familiares Sistema Nacional de Pagos" con los datos de la cuenta bancaria donde se solicitará la acreditación de los reintegros y el formulario ANSES PS.2.32. llamado "Solicitud de Reintegros de Asignaciones Familiares" que se completa por cada mes en el que la declaración jurada mensual (F.931) no compensa el total de las asignaciones familiares pagadas.

Todos estos formularios se encuentran en el sitio www.anses.gov.ar y los boletines anteriores de Pequeñas Noticias los podés encontrar en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar en la sección Servicios Varios y dentro de ella en Boletines ya publicados...

Mucha suerte.

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Correo de Lectores

Problemas con la encargada

Agradecemos información acerca de cómo contratar y la forma de pago de personal con horarios reducidos.

Queremos consultarlos acerca del problema que se nos plantea en otro edificio, con una encargada SIN VIVIENDA que cumple horario de 8 a 12 horas todos los días, pero que permanentemente se ausenta durante largos minutos. Alguna vez se intentó hacerle firmar el libro de ordenes, pero la encargada desconoció la pretendida ausencia.

¿Hay alguna forma de ejercer control sobre el cumplimiento horario y certificar las ausencias?

¿Podremos apercibirla, sancionarla o incluso despedirla en caso de futuras reincidencias? ¿Cómo se ejerce el control respectivo? Nuevamente Gracias

Adm. I.

(31/7/2003)

En cuanto a la primer parte del mail, donde se hace referencia a "horarios reducidos", la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 en su artículo 7 define las categorías posibles de los trabajadores según las características de la tarea a realizar. El inciso f) define al Encargado No permanente (edificios sin servicios centrales, hasta 4 horas diarias continuas), y el inciso o) hace referencia a los Trabajadores Jornalizados. En cuanto a la forma de pago, el mismo convenio establece los montos a abonar y a partir del mes de julio de 2003 hay que adicionarle al sueldo, el importe proporcional correspondiente al decreto 392/03 que establece el paso de la suma no remunerativa en 8 cuotas de $28 cada una como un concepto "remunerativo". No se si esta respuesta es suficiente ya que desconozco los pormenores de la consulta. No duden en volver a consultar si es necesario.

Al mencionar la negación por parte de la encargada a firmar el libro de sueldos debido a las ausencias, antes debería preguntar si en el libro de órdenes consta el horario de trabajo a cumplir por la encargada, descripción de las tareas a realizar, las obligaciones y derechos, ya que muchas veces el contenido de este libro termina siendo de muchísima importancia en los tribunales de justicia. Es obligación del encargado de notificarse recibiendo una copia de lo expuesto en el mismo, pudiendo hacer los descargos que estime necesarios. Este libro debe estar firmado por el administrador y por el trabajador. (Dr. Carlos Diego Calvo, "Manual Práctico de Propiedad Horizontal").

En cuanto a las facultades disciplinarias con que cuenta el empleador, dice el Dr. Carlos Diego Calvo, deben ser proporcionales a la falta cometida. El trabajador podrá cuestionarlas dentro de los 30 días corridos de notificada la medida, su procedencia, tipo o extensión.

En caso de suspensión, ésta debe ser válida, tener plazo fijo y ser notificada por escrito al trabajador. Las suspensiones no podrán exceder los 30 días en un año, contados a partir de la primera y si exceden ese tiempo y no es aceptada la causa por el trabajador, le darán derecho a considerarse despedido. Las sanciones estipuladas no podrán modificar el contrato de trabajo.

Por otro lado, las causas justificadas para despedir a un trabajador están numeradas en los artículos 5º y 6º de la Ley Nº 12.981 - Encargados de Casas de Renta y una de esas causas es: "... b) Abandono del servicio; inasistencias o desobediencias reiteradas e injustificadas de sus deberes y a las órdenes que reciba en el desempeño de sus tareas.

A los efectos de la reiteración solamente se tomarán en cuenta los hechos ocurridos en los últimos 6 meses..."

Antes de tomar decisiones de tipo disciplinarias es muy importante que conste en el libro de órdenes y al mismo tiempo esté notificado el trabajador de todos sus derechos y obligaciones para recién luego poder hacer mención de los incumplimientos que motivaron las sanciones o suspensiones.

De todas formas los problemas con el personal, sea cual sea el rubro, siempre son complicados y conflictivos por lo cual actuar con prudencia es escencial. Espero haber ayudado en algo y mucha suerte.

MFL.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Lectores

¿Cómo me tienen que pagar las cuotas de $28?

Trabajo haciendo suplencias en un edificio y el administrador no me paga los 200 pesos, un mes me pagaron 15, otro 23. ¿Me pueden explicar cómo es esto porque el administrador no me sabe responder? ¿Y cómo me tienen que pagar las cuotas de 28?

Juan G.

(2/8/2003)

Hola Juan. El pago de los 200 pesos no remunerativos hasta junio de 2003 y no siendo un trabajador mensual, se debían pagar en forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

Si el sueldo se paga por día, el importe no remunerativo se calculaba dividiendo 200 pesos por 25 días, lo que arroja 8 pesos por día efectivamente trabajado y si el pago es por hora se obtiene dividiendo los 200 pesos por 200 horas lo que significaba un valor de 1 peso por hora trabajada.

A partir del mes de julio, se deberá seguir obteniendo los valores de la misma manera, pero con el saldo de los 200 pesos que corresponda.

En cuanto a las cuotas de 28 pesos, que durante 8 meses a partir de julio inclusive, irán incrementando el sueldo del trabajador, también deberán calcularse en forma proporcional cuando el trabajador no sea mensualizado.

El valor por día surgirá de dividir, en el caso del mes de julio, 28 dividido 25 que da como resultado 1,12 pesos por día y si a 28 pesos lo dividimos por 200 horas, da como resultado 0,14 pesos por hora efectivamente trabajada.

En cuanto a lo que queda de la suma no remunerativa se seguirá tratando igual hasta que ésta desaparezca y pase a formar parte del sueldo en su totalidad.

Juan, espero haberta ayudado, aunque el tema es un poquito retorcido. Cualquier aclaración, volvenos a escribir.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proveedores de Bienes y Servicios

Avisos destacados

   

En tiempos de crisis

los gastos son fundamentales...

 

....y el Sistema 9041

(para la Administración de Consorcios)

es la solución más eficiente 

y al mejor costo.

 

Beneficios del sistema:


Consultas por pantalla y más de 80 listados con toda la información ingresada al sistema.


Multi-administrador y multi-consorcio
Legajos del personal. Fichas de sueldo. Control de inasistencias, de entrega de ropa reglamentaria, controles médicos, etc...


Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de calcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en construcción)


Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Pagers: 4527-7674/6669


Boletín de Pequeñas Noticias

para la administración de consorcios

Número de Edición: 175

Fecha de publicación: 4 de Agosto del 2003

Director: Claudio García de Rivas

Propietario: Pewen Investigación y Desarrollo de Sistemas Informáticos

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15) 4449-8137

Radios: 4527-7674 y 4527-6669

E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar

URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


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