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Registro
Público de Administradores porteño
En
un año y medio el padrón del RPA creció un 12%
Ya
hay más de 8 mil inscriptos
Por onceavo año consecutivo se inscribieron más mujeres
que hombres
En el padrón oficial siguen figurando 30 administradores
cuya fecha de inscripción es anterior a la sanción de la
Ley 941.
[BPN-15/06/21]
Durante el último año y medio el Registro Público de
Administradores de Consorcios (RPA) porteño
creció un 11,97% llegando a los 8.261 inscriptos. La
comparación se realizó entre el último padrón
analizado en noviembre de 2019 [1] y el
publicado en mayo de 2021.
Si
bien desde el 2003 y hasta el 2018 por diferentes razones
se borraron 72 mandatarios, el 2019 totalizó con 1.156
administradores -754 más que en noviembre de 2019- y
desde enero de 2020 hasta mayo de 2021 se agregaron otros
201...
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Registro
Público de Administradores
El
RPA exhortó a declarar los consorcios realmente administrados
Señalaron
que detectaron "muchos casos de inconsistencias" entre los
consorcios declarados en las DDJJ y los realmente administrados
Esta maniobra violenta el inciso a) del artículo 12º de la Ley 941.
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Consorcios
en tiempo de pandemia
Causó
malestar la indicación de Bouza de llamar al 911
Generó
desagrado la indicación de la directora de Protección del Consumidor
porteño de denunciar a la policía cualquier incumplimiento a su último
"Protocolo COVID-19 para edificios"
Se expidieron sobre el tema dos actores de la comunidad consorcial y
varios medios de la prensa escrita y la TV.
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Registro
Público de Administradores porteño
En
un año y medio el padrón del RPA creció un 12%
[BPN-15/06/21]
Durante el último año y medio el Registro Público de Administradores
de Consorcios (RPA) porteño creció un 11,97% llegando a los
8.261 inscriptos. La comparación se realizó entre el último padrón
analizado en noviembre de 2019 [1] y el publicado en mayo de
2021.
Si
bien desde el 2003 y hasta el 2018 por diferentes razones se borraron 72
mandatarios, el 2019 totalizó con 1.156 administradores -754 más que en
noviembre de 2019- y desde enero de 2020 hasta mayo de 2021 se agregaron
otros 201.
En
otro orden de cosas, por onceavo año consecutivo –con una mínima
excepción- se inscribieron más mujeres que hombres en el RPA. Por esa
razón, actualmente el padrón está equilibrado con una muy leve ventaja
para los varones. En total, hay 4.031 administradores hombres (48,80%),
4.027 mujeres (48,75%) y 203 empresas (2,46%).
Padrón
al 26/5/2021 |
Año |
Varones |
Mujeres |
Empresas |
Total |
2002 |
15 |
13 |
2 |
30 |
2003 |
771 |
484 |
71 |
1.326 |
2004 |
106 |
108 |
9 |
223 |
2005 |
56 |
57 |
4 |
117 |
2006 |
57 |
59 |
3 |
119 |
2007 |
77 |
42 |
7 |
126 |
2008 |
69 |
64 |
1 |
134 |
2009 |
77 |
71 |
6 |
154 |
2010 |
93 |
114 |
7 |
214 |
2011 |
88 |
110 |
5 |
203 |
2012 |
133 |
145 |
9 |
287 |
2013 |
164 |
187 |
10 |
361 |
2014 |
206 |
205 |
12 |
423 |
2015 |
280 |
286 |
5 |
571 |
2016 |
408 |
412 |
10 |
830 |
2017 |
343 |
381 |
19 |
743 |
2018 |
482 |
549 |
12 |
1.043 |
2019 |
522 |
624 |
10 |
1.156 |
2020 |
84 |
116 |
1 |
201 |
TOTALES |
4.031 |
4.027 |
203 |
203 |
En
la tabla precedente se puede observar que durante 2018 y 2019 se
incrementaron notablemente la cantidad de administradores inscriptos. Esa
tendencia se venía anticipando gradualmente desde el 2005 en que cada mes
fue levemente superior al anterior, tuvo su pico en 2019 y una caída
abrupta durante el año en que se desató la pandemia de COVID-19 en la
Argentina.
Las
desprolijidades continúan
El
estudio fue elaborado por la redacción de Pequeñas Noticias sobre
datos oficiales proporcionados por el sitio "Buenos Aires Data".
En la página correspondiente al "Registro de Administradores de
Consorcio" se informó que la base de datos se publicó el pasado 10
de mayo y se actualizó 10 días después.
El
último administrador de ese archivo figura con el número de matrícula
15.677 e inscripto el 9 de marzo del año pasado. Sin embargo, si se
realiza una búsqueda manual en el sitio del RPA se advierte que el
último registrado tenía el número 16.286. Es así que entre las dos
fuentes oficiales hay una diferencia de 609 administradores.
Por
otra parte, siguen figurando 30 administradores inscriptos en el padrón del RPA antes
de la sanción de la Ley 941 que lo creó. Esas
"fechas de inscripción" comienzan el 11 de agosto y finalizan
el 29 de agosto de 2002.
Es
de recordar que la Ley 941 se sancionó el 3 de diciembre de 2002 y se
publicó en el Boletín Oficial el 3 de enero de 2003
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[1]
BPN Nº 672 del 15/01/20: "La
administración es una de las actividades más igualitarias".
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Registro
Público de Administradores
El
RPA exhortó a declarar los consorcios realmente administrados
[BPN-15/06/21]
El pasado 7 de junio el Registro Público de Administradores (RPA)
porteño "exhortó" a sus matriculados a declarar los consorcios
"realmente administrados".
Textualmente
comunicó: "Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles saber que este
Registro Público de Administradores de Consorcios ha detectado muchos
casos de inconsistencias en relación a los consorcios declarados por los
administradores en los términos del artículo 12º de la ley 941 y los
consorcios de propiedad horizontal efectivamente administrados", y
agregó: "Es por ello que, exhortamos a aquellos administradores que
no han declarado todos los consorcios que administran, a que procedan a
regularizar dicha situación".
Sin
embargo, como no se ordenó un "blanqueo", es de suponer que a
aquellos que regularicen su situación se les impondrá la sanción que
corresponde por no informar el listado actualizado de los consocios que
administra que prevé la Ley 941.
Las
autoridades del RPA comunicaron esta novedad a sus registrados mediante un
correo electrónico masivo el 7 de junio pasado.
La
"viveza" criolla
Es
un secreto a voces, casi desde la creación del Registro, que hay
administradores que declaran ante el RPA una fracción de los consorcios
que administran. Esto causa un perjuicio no sólo a los consorcistas sino
también a sus colegas que cumplen trabajosamente con toda la normativa.
Hoy
en día para un administrador es muy riesgoso no inscribirse en el RPA
porque cualquier vecino descontento con su gestión puede consultar el
sitio del Gobierno de la CABA si está inscripto y si tiene la matrícula
al día. De no ser así puede cursar una denuncia ante el RPA con muchas
probabilidades de que prospere.
Sin
embargo, puede eludir este control si inscribe sólo una fracción de sus
consorcios porque cuando este consorcista consulte para ver si su
administrador está registrado lo encontrará y probablemente con la
matrícula al día. Lo que ese vecino no sabe es que su consorcio no fue
informado en las Declaraciones Juradas anuales lo que le permite al
mandatario escapar al control estatal.
Hay
que reconocer que la puerta a esta "picardía" la abrió desde
su inicio el mismo RPA ya que –a pesar de las promesas de políticos y
funcionarios- nunca permitió consultar los consorcios declarados por cada
administrador ante el organismo de control.
Qué
dice la ley
Es
de recordar que la obligación de presentar el listado completo de los
consorcios que administra surge del inciso a) del artículo 12º de la Ley
941 que ordena:
Artículo
12.- Declaración jurada: Los administradores inscriptos en el
Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe
con el siguiente contenido, el que tendrá carácter de declaración
jurada:
a)
Listado actualizado de los consorcios que administra,
consignando si lo hace a título gratuito u oneroso.
[...] |
Por
otra parte el inciso f) del artículo 15º establece que es motivo de una
infracción:
Artículo
15.- Infracciones: Son infracciones a la presente Ley:
[...]
f)
El incumplimiento de la obligación impuesta por el Artículo 12º
[...] |
Las
sanciones se establecen en el artículo 16º y las económicas van desde
8.517 pesos hasta 567.800 pesos.
Artículo
16.- Sanciones: Las infracciones a la presente Ley se sancionan con:
a)
Apercibimiento.
b)
Multa cuyo monto puede fijarse entre trescientas (300) unidades
fijas y veinte mil (20.000) unidades fijas conforme lo determine
anualmente la Ley Tarifaria.
c)
Suspensión de hasta nueve (9) meses del Registro.
d)
Exclusión del Registro. |
Actualmente
el RPA porteño está coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende
de Defensa y Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma
Bouza y cuyo superior directo es Facundo Carrillo, secretario
de Atención y Gestión Ciudadana
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Consorcios
en tiempo de pandemia
Causó
malestar la indicación de Bouza de llamar al 911
Vilma
Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor (DyPC)
porteño [Foto archivo de Pequeñas Noticias].
[BPN-15/06/21]
Amplio malestar produjo la indicación de denunciar al 911 cualquier
incumplimiento al "Protocolo COVID-19 para edificios" que
dispuso Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección
del Consumidor (DyPC) porteño, el pasado 21 de mayo <ver
nota>.
Entre
los actores de la comunidad consorcial reaccionaron Andrés Zulberti,
coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 y la Dra. Victoria
Loisi de la Liga del Consorcista.
También
opinaron sobre el tema Eduardo Feinmann y Pablo Rossi en El
Noticiero de TV por cable de LN+. Por su parte, Panam Post
tituló una nota sobre el tema: "La vida de los otros, versión
porteña: Larreta incentiva la denuncia de vecinos" y los medios
digitales "data24" y "La Derecha Diario"
antepusieron la volanta "La Gestapo de Larreta" y "El feudo
soviético de Larreta" a los respectivos títulos de sus notas.
Actualmente
el Registro Público de Administradores porteño está coordinado
por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y Protección del
Consumidor cuya directora general es la mencionada Bouza y cuyo
superior directo es Facundo Carrillo, secretario de Atención y
Gestión Ciudadana.
Andrés
Zulberti
El
26 de mayo Zulberti presentó un escrito en la Defensoría del Pueblo de
la CABA en el que le solicitó que recomiende a DyPC que desista de emitir
normas, de realizar recomendaciones o armar protocolos sobre temas de
consorcios toda vez que la Ley 941 y su reglamentación regulan sobre la
actividad de los administradores que son mandatarios de los consorcios y
no sobre los consorcios mismos, conforme al artículos 2065º y el inciso
h) del artículo 148º del Código Civil y Comercial de la Nación
(CCyC).
Al
día de hoy no obtuvo respuesta.
Victoria
Loisi
Por
su parte, El 24 de mayo la Dra. Loisi señaló: "Todos y cada uno de
estos puntos [los del protocolo del GCABA] son simples recomendaciones no
obligatorias, por lo que llama la atención la sugerencia de
transformar a los vecinos y en su caso al encargado del edificio o al
personal de seguridad, en espías de los propietarios. Llama
la atención, justamente, porque es la policía quien atiende el 911 y en
la medida que no se trate de un delito, nada podrá hacer con dichos
llamados telefónicos".
Fecha |
Suceso |
21/05/2021 |
DyPC
porteño ordena la Disposición 2040 con un nuevo protocolo para
los consorcios. |
21/05/2021 |
DyPC
porteño distribuye por correo electrónico la Disposición 2040 a
todo el padrón del Registro Público de Administradores |
21/05/2021 |
Eduardo
Feinmann y Pablo Rossi se ocupan del tema en su programa de TV por
cable LN+ |
21/05/2021 |
La
Derecha Diario antepone la volanta "El feudo soviético de
Larreta" antes de titular. |
22/05/2021 |
El
GCABA publica en su sitio: "Más de 5.000 empleados de la
Ciudad repartieron folletos y concientizaron sobre las nuevas
medidas en edificios". |
23/05/2021 |
data24
antepone la volanta "La Gestapo de Larreta" antes de
titular. |
24/05/2021 |
La
Liga del Consorcista señala contradicciones del protocolo consigo
mismo y con leyes nacionales. |
26/05/2021 |
Andrés
Zulberti presenta una solicitud al Defensor del Pueblo para que
DyPC se abstenga a dictar normas que atañen a los consorcios. |
Eduardo
Feinmann y Pablo Rossi
El
mismo día que Bouza firmó la Disposición 2040, Feinmann, conductor de
"El Noticiero", contó a Rossi que le acababa de llegar el
protocolo para los edificios y alertó:
Eduardo
Feinmann: ¡Ojo con el último punto, yo creo que va a haber más de
una bronca con esto!
Pablo
Rossi: ¿Los comisarios del pueblo?
EF:
Sí, o los jefes de la manzana o los jefes del edificio. Punto número uno
[enumera todos los puntos del protocolo] ...en caso de incumplimiento
comunicarse al 911. ¿Quién se pone la gorra?
PS:
Porteros de la torre.
RF:
La del tercero en mi edificio, ponele.
PS:
¿Qué complejo, no?
EF:
Esto ni siquiera lo vi en la primera etapa.
[...]
PS:
...me da la sensación que Horacio Rodríguez Larreta había avanzado unos
puntos en el casillero pero... ¡le tocó esta! Con esto retrocede.
¡Estado policíaco, no! ¡Delatores de manzana, no! ¡Comisarios del
edificio, no!
La
conversación siguió en este tono hasta que se pasó a otro tema.
Data24
El
23 de mayo el medio digital puso todo su énfasis en la volanta -"La
Gestapo de Larreta"- que precedió al título de su nota y en su
fotoilustración.
El
texto de la nota consta de sólo dos párrafos en los que define
perfectamente el sentir del medio: "Este sábado, el gobierno
porteño difundió un panfleto al mejor estilo Unión Soviética
en donde se impone una suerte de medida que tienen que seguir aquellos
vecinos que habitan en un edificio. El afiche fue repartido y colocado en
todos los edificios de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y generó
la indignación y el repudio de los porteños que, simplemente
arrancaron y desecharon los panfletos colocados por la ‘oposición’
[sic]".
La
Derecha Diario
El
21 de mayo este medio digital informó: "Larreta también anunció
que empleará más de 5.000 trabajadores de la Ciudad, que están en
contacto con más de 40.000 consorcios de todo el territorio porteño para
hacer ‘visitas sorpresa’ y verificar que se esté cumpliendo la
cuarentena".
A
continuación opinó que El PRO quiere implementar la misma metodología
del politburó comunista para encontrar a personas que no estén
cumpliendo las reglas del régimen con los trabajadores de la Stasi
[1].
Por
último agregó: "Se volverá a abrir el 911 para que las personas
denuncien a los vecinos que vean rompiendo la cuarentena, que puede
resultar en multas millonarias. Así como en la Rumania de Nicolae
Ceausescu [2], se promueve que amigos denuncien a amigos,
padres a hijos, y vecinos a vecinos"
---
[1]
El Ministerio para la Seguridad del Estado, más conocido por su
abreviatura Stasi, era el órgano de inteligencia de la República
Democrática Alemana (RDA). Creada el 8 de febrero de 1950, centraba sus
operaciones en la capital, Berlín Oriental, donde tenía un extenso
complejo en Lichtenberg y otros menores dispersos por la ciudad. La Stasi
fue reconocida en general como uno de los servicios de inteligencia más
efectivos del mundo. Fue disuelta en 1990, unos meses después de la
caída del Muro de Berlín.
[2]
Nicolae Ceausescu fue un político comunista rumano, presidente de Rumania
y del Consejo de Estado de Rumania, dictador de la República Socialista
de Rumania desde 1967 hasta 1989, y secretario general del Partido
Comunista Rumano desde 1965 hasta su ejecución en 1989.
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Consorcios
en tiempos de pandemia
Los
administradores debieron ‘fijar’ el protocolo en sus edificios
Gobierno
de la CABA: "Más de 5.000 empleados de la Ciudad repartieron
folletos y concientizaron sobre las nuevas medidas en edificios"
[Foto Gobierno de la CABA].
[BPN-15/06/21]
En el marco de las últimas medidas generales de prevención destinadas a
contener la propagación del virus SARS-CoV-2, la directora general de Defensa
y Protección del Consumidor porteño, Vilma Bouza, encomendó
a los administradores de consorcios de la CABA con carácter urgente que
fijen en un lugar visible de los edificios que administran (hall de
entrada y ascensores), el nuevo "Protocolo COVID-19 para Edificios".
Ese
mismo día el Gobierno Nacional estableció restricciones severas a las
actividades no esenciales y a la circulación hasta el 30 de mayo mediante
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 334.
Bouza
ordenó también a los administradores readaptar "los protocolos de
recomendaciones relativos al uso y preservación de los espacios comunes
de los consorcios de propiedad horizontal, promoviéndose el cierre de
aquellos espacios cubiertos como SUM (Salón de Usos Múltiples),
parrillas, gimnasios, salas de reunión, entre otros, a los efectos de
preservar la salud del conjunto consorcial y evitar de esta forma los
riesgos de contagio del COVID-19".
Por
otra parte, les recomendó: "Extremar los recaudos necesarios a fin
de propiciar la toma de decisiones y respetar la voluntad consorcial,
poniendo a disposición de los integrantes del mismo los medios idóneos
tendientes al uso de plataformas o canales digitales para la celebración
de las asambleas bajo modalidad a distancia, conforme se estableciera en
el [protocolo establecido en el anexo de la Disposición 5.313] de fecha
30 de diciembre de 2020 [BO: 05/01/21]".
Así
lo ordenó mediante la Disposición 2040 del 21 de mayo que se publicó en
el boletín Oficial el 31 de ese mismo mes <vínculo disposición
y anexo>.
El
protocolo
El
nuevo protocolo ordenó el cumplimiento de los puntos 1, 2 y 5 y realizó
recomendaciones en los puntos 3 y 4:
1.-
Están suspendidos los encuentros sociales en todas las unidades
funcionales.
2.-
Los espacios comunes cubiertos (SUM, parrillas, gimnasios, salas de
reunión, etc.) permanecerán cerrados.
3.-
Se recomienda la restricción del ingreso a personas ajenas al
edificio que no tengan una tarea específica.
4.-
Se recomienda que las asambleas consorciales sean de manera virtual
para garantizar mayor participación de vecinas y vecinos.
5.-
En caso de incumplimiento, comunicarse al 911. |
Este
último punto causó desagrado en dos actores de la comunidad consorcial y
en varios medios de la prensa escrita y la TV < ver
nota>.
Por
otra parte, llamó la atención de la redacción de Pequeñas Noticias
que lo ordenado por Bouza tenga fecha de inicio (el día de su
publicación en el Boletín Oficial) pero no fecha de finalización por lo
que se supone que estará vigente hasta que se derogue o modifique.
La
difusión
El
mismo día que Bouza firmó esta disposición, el Registro Público de
Administradores (RPA) porteño envió un correo electrónico a
sus matriculados solicitándoles "tengan la amabilidad de
difundirlo". Adjuntó copia de las piezas gráficas para colocar en
los consorcios y la Disposición ordenada.
Al
día siguiente el Gobierno de la CABA informó en su sitio web que
"más de 5.000 personas de todos los ministerios, secretarías y
comunas del Gobierno de la Ciudad y personal de la Legislatura porteña
salieron a la calle en las últimas horas a entregar el nuevo protocolo de
prevención contra el COVID-19 en los más de 40.000 edificios que hay en
Buenos Aires".
Señalaron
también que "esta acción busca concientizar, en cada consorcio de
la Ciudad, para el cumplimiento de las normas de protección contra el
coronavirus, como la suspensión de encuentros sociales en unidades
funcionales, el cierre de espacios comunes cubiertos como SUM, gimnasios y
parrillas; la restricción de ingreso de personas ajenas al edificio que
no vayan a cumplir una tarea específica y la realización de asambleas
virtuales"
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Gobierno
de la CABA
Pidieron
más transparencia al Estado local en sus contrataciones
[BPN-15/06/21]
El pasado 5 de junio el Adm. Jonathan Landesman, productor y
panelista del programa Reunión de Consorcios TV, lamentó que el
Gobierno porteño no haya dado el ejemplo a la hora de contratar en forma
directa una empresa informática para mantener y ampliar el "Sistema
de Gestión de la Dirección General de Defensa y Protección al
Consumidor" porteño. Está previsto que esta empresa entre los
trabajos a realizar mejorará y agregará nuevas prestaciones al sistema
del Registro Público de Administradores (RPA) [1].
Si
bien reconoció que el Gobierno porteño "da el ejemplo y es
vanguardia en lo que es [el tema de] consorcios" le llamó la
atención que harán una actualización de sus sistemas y agregarán
nuevas funcionalidades por más de 14 millones de pesos (142 mil dólares)
mediante un contrato directo, o sea sin una licitación.
Recordó
que este es el segundo trabajo que realiza la empresa contratada en los
sistemas informáticos de Defensa del Consumidor y el Registro de
Administradores, en 2017 se le destinaron para ese fin, en principio, 171
mil dólares (tres millones de pesos).
El
administrador reiteró: "Todos sabemos que muchos en provincia y en
muchos lugares del interior se basan en lo que va sacando el Gobierno de
la Ciudad en lo que es propiedad horizontal porque el Gobierno de la
ciudad está más ordenado y da un marco. Para mí le falta mucho pero es
ejemplo en mucha cosas". Sin embargó agregó que querría más
"transparencia en cuanto a la contratación de algunos servicios,
nada más".
El
programa Reunión de Consorcios TV se trasmite todos los sábados a las 9
de la mañana por el canal de cable Metro. Lo conduce Amira
Hidalgo en reemplazo de Mariela Blanco y son sus panelistas el
mencionado Adm. Landesman, la Dra. Luciana Clementi y la martillera
pública Marcela Capdevila. Los programas también se pueden ver en
YouTube < vínculo>
---
[1]
BPN Nº 704 del 14/05/21: "DyPC
gastará 13 millones de pesos en sus sistemas informáticos".
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Ciudad
de Campana, provincia de Buenos Aires
Se
creó un registro obligatorio de personas con discapacidad
[Foto
Consejo Deliberante de Campana]
[BPN-15/06/21]
El pasado 29 de abril el Consejo Deliberante de Campana, provincia
de Buenos Aires, creó un "registro obligatorio de personas con
discapacidad, habitantes en propiedades horizontales", para ser
utilizado en caso de un siniestro en el consorcio.
En
sus considerandos la norma explicó que "para disminuir los riesgos,
en casos de emergencia, y facilitar la tarea de evacuación por parte del
personal de bomberos y defensa civil, se propone la creación de un
registro obligatorio de las personas con discapacidad que habitan en
propiedades horizontales".
Agregaron
que este listado permitirá, en caso de siniestro, "verificar la
ausencia total de personas en el edificio, especialmente si se trata de
niños y discapacitados".
El
responsable de confeccionar y mantener actualizado el listado será el
administrador de cada consorcio. Éste será confidencial y deberá ser
compartida con Bomberos Voluntarios y Defensa Civil de la Ciudad de
Campana.
El
listado se deberá actualizar cada seis meses y el mandatario que no
cumpla con lo dispuesto en la ordenanza será sancionado.
El
proyecto ingresó al Consejo Deliberante de Campana bajo el Nº de
Expediente 20.103 y su autor fue del concejal Ernesto Meiraldi (Juntos
por el Cambio). Ya aprobada por unanimidad se la registró bajo el
número de Ordenanza 7151, se promulgó el 19 de mayo y se publicó en el
Boletín Oficial el 2 de junio.
Literalmente
El
texto de la ordenanza reza:
Artículo
1º.- Créase en el ámbito de la Ciudad de Campana, el Registro
Obligatorio de personas con discapacidad, habitantes en propiedades
horizontales.-
Artículo
2º.- El administrador del consorcio, tendrá la obligación de
actualizar el registro, cada 6 (seis) meses, y al momento de
comenzar a vivir en la propiedad una persona discapacitada o que se
encuentre en alguna situación de salud invalidante. La información
de la que disponga el administrador será confidencial respecto de
terceros y no para los enunciados en el artículo 4º de la
presente.-
Artículo
3º.- Dicho Registro deberá ser de fácil acceso, y visibilidad, en
caso de situaciones de riesgo.-
Artículo
4º.- El administrador del consorcio, deberá enviar copia del
Registro a Bomberos Voluntarios y a Defensa Civil de la Ciudad de
Campana.-
Artículo
5º.- En caso de no cumplirse con lo establecido en la presente
Ordenanza, se notificará al Tribunal de Faltas, para sancionar al
administrador del consorcio.-
Artículo
6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.- |
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ACoPH
Sin
respuestas de los defensores del pueblo marplatense
De
Izq. a Der.: Daniel Barragán, Juliana Fernández, Ana María Huertas y
Fernando Rizzi [Foto Defensoría del Pueblo].
[BPN-15/06/21]
La presidenta de la ACoPH (Asociación Civil de Consorcistas de
la Propiedad Horizontal de Mar del Plata) todavía no obtuvo respuesta
a su solicitud de impulsar la reglamentación de la ordenanza de Edificio
Seguro marplatense y de la Ley 14.701 (RPA bonaerense) que le realizó a
los Defensores del Pueblo de General Pueyrredón. Tampoco se avanzó en la
concreción del ofrecimiento que recibió de los funcionarios de trabajar
en forma conjunta para resolver problemas relacionados con los consorcios.
El
pasado 18 de mayo Ana María Huertas y Juliana Fernández
–presidenta y secretaria de ACoPH- se reunieron con los defensores del
pueblo Fernando Rizzi y Daniel Barragán para conversar
sobre diferentes problemas que afectan a los edificios de propiedad
horizontal marplatenses.
Entre
otros les solicitaron:
1.-
Que colaboren para que el Ejecutivo local reglamente la recientemente
aprobada Ordenanza de "Edificio Seguro" [1].
2.-
Que impulsen la indefinidamente postergada reglamentación de la Ley
14.701 que creó un Registro Público de Administradores en la provincia
de Buenos Aires en diciembre de 2013 [2].
Por
último, acordaron con los defensores "coordinar acciones en conjunto
que brinden respuestas a las problemáticas que se suscitan" en
propiedad horizontal, ya sea asesoramiento como temas netamente
municipales.
Edificio
seguro
La
renuencia del Ejecutivo marplatense a reglamentar la ordenanza de Edificio
Seguro obligó a su autora, la concejala María Virginia Sívori (Frente
de Todos), a iniciar una campaña de difusión tanto en los medios
locales como en las redes sociales.
La
ordenanza le impone al Ejecutivo local crear un programa llamado
"Edificio seguro" cuyo objetivo será examinar de manera
automática la vigencia de controles, revisiones e informes técnicos
relacionados con la seguridad edilicia de inmuebles residenciales
multifamiliares (consorcios de propietarios), educativos, hoteles,
comercios, industrias y de todo aquel que requiera mantenimiento
periódico y control municipal.
En
otras palabras, la Municipalidad de General Pueyrredón deberá
desarrollar un software que envíe alertas y comunicados al municipio,
propietarios y administradores sobre cada uno de los vencimientos de los
informes técnicos -o revisiones de instalaciones- a los que están
sometidos actualmente los edificios, incluidos los consorcios de
propietarios.
La
ordenanza no creará controles nuevos sino que hará más eficiente el
seguimiento del cumplimiento de los ya existente.
Guillermo
Montenegro es intendente de General Pueyrredón desde el 2019.
Anteriormente fue ministro de Justicia y Seguridad de la CABA desde 2007
hasta 2015 durante la gestión de Mauricio Macri como jefe de
Gobierno porteño
---
[1]
BPN Nº 696 del 15/01/21: "Se
aprobó la versión marplatense de ‘Edificio seguro’.
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Paritarias
2021
Encargados
de edificios en el puesto 14º del ranking gremial
[BPN-15/06/21]
Los encargados de edificios estarían en el puesto 14 según el listado de
los aumentos salariales que acordaron 28 sectores durante el 2021 que
elaboró el matutino Clarín.
Encabeza
el podio el 57% obtenido por la Federación de Obreros y Empleados
Vitivinícolas y Afines (FOEVA).
En
el piso se encuentran los trabajadores de la TV por cable con un 23% en
tres tramos: 6% en febrero, 6% en marzo acumulativo y 11% en mayo.
Orden |
Gremio
o sector |
Porcentaje |
1 |
Trabajadores
de la industria vitivinícola |
57,0 |
2 |
Estatales
Neuquén |
53,1 |
3 |
Estatales
de Formosa |
42,0 |
4 |
Telecomunicaciones |
41,5 |
5 |
Trabajadores
del Congreso |
40,0 |
6 |
Empleados
Plásticos |
36,0 |
7 |
Construcción |
35,8 |
8 |
Metalúrgicos |
35,2 |
9 |
Estatales
(UPCN y ATE) |
35,0 |
10 |
Gremios
universitarios docentes y no docentes |
35,0 |
11 |
Petroleros |
35,0 |
12 |
Docentes
nacionales |
34,6 |
13 |
Estacioneros
y empleados de garajes |
34,0 |
14 |
Encargados
de edificios |
33,2 |
15 |
Industria
del vestido |
33,0 |
16 |
Sector
pesquero |
33,0 |
17 |
Comercio
y call center |
32,0 |
18 |
Docentes
bonaerenses |
32,0 |
19 |
Trabajadores
AySA |
32,0 |
20 |
Personal
de entidades deportivas y civiles |
30,0 |
21 |
Sector
de la carne |
30,0 |
22 |
Trabajadores
de Gimnasios |
30,0 |
23 |
Trabajadores
informáticos |
30,0 |
24 |
Luz
y Fuerza (rama nuclear) |
29,5 |
25 |
Asociación
Bancaria |
29,0 |
26 |
Empleadas
domésticas |
28,0 |
27 |
Aceiteros |
25,0 |
28 |
Tv
por cable |
23,0 |
Es
de recordar que la inflación estimada por el Relevamiento de
Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central de la
República Argentina (BCRA) para este año será del 48,3%.
Los
números finos
De
esa lista -y para el matutino- el gremio comparte el puesto 16 con un 32%
de incremento salarial para este año.
Llegó
a ese porcentaje sumando aritméticamente los porcentajes acordados entre
el gremio y tres entidades de administradores que representan la patronal
el pasado 22 de febrero: 7% para abril/2021, 10% para julio, 10% para
octubre y 5% para febrero del año que viene [1].
Esto
no es una sorpresa porque casi todos los medios consideraron que el
aumento de 2021 fue del 32% sin considerar que a este año llegó de
arrastre del 2020 un 6% en febrero y que en el último acuerdo se pactó
un 5% en febrero del año que viene.
Sin
embargo si se analizan los promedios de las escalas salariales [2]
de diciembre de 2020 y 2021 se puede observar que el incremento real será
de un 33,19% lo que sube al sector dos posiciones en el podio y lo deja en
el ya mencionado puesto 14º.
El
diciembre del año paso el promedio de las escalas salariales era de
50.294 pesos mensuales y en diciembre de este año será de 66.988 pesos
---
[1]
BPN Nº 700 del 15/03/21: "Santa
María acordó un 32% de aumento en 4 tramos".
[2]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En octubre y noviembre se sumaron los 2.500 pesos otorgados por
el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y
septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto
haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional
mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó
el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para
enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes.
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Trabajadores
de Edificios de Renta y Horizontal
En
2020 aumentaron levemente los puestos de trabajo
[BPN-15/06/21]
En promedio, durante el 2020 los consorcios de propietarios proporcionaron
829 nuevos puestos de trabajo en el sector de la propiedad horizontal con
respecto al 2019. En porcentajes, esos números representaron un
crecimiento del 1,48%.
Año |
Puestos
de trabajo |
2014 |
49.781 |
2015 |
50.522 |
2016 |
52.870 |
2017 |
55.538 |
2018 |
55.385 |
2019 |
56.003 |
2020 |
56.831 |
Las
remuneraciones
Por
otra parte durante el 2020 la remuneración promedio "bruta" de
cada trabajador fue de 59.358 pesos mensuales, 15.851 pesos más que
durante el 2019.
El
aumento interanual promedio de las remuneraciones fue del 36,43%,
levemente superior a la inflación del año pasado que fue de un 36,10%.
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PROMEDIOS
ANUALES |
DIFERENCIA |
Año |
Remuneraciones |
Escalas
Salariales |
Pesos |
Porcentaje |
2016 |
17.837 |
12.081 |
5.756 |
47,65 |
2017 |
21.103 |
15.666 |
5.437 |
34,71 |
2018 |
27.246 |
20.353 |
6.893 |
33,87 |
2019 |
43.507 |
32.682 |
10.825 |
33,12 |
2020 |
59.358 |
45.914 |
13.444 |
29,28 |
Llamó
la atención de la redacción de Pequeñas Noticias que a lo largo
de los últimos cinco años se viene reduciendo la diferencia entre las
remuneraciones brutas promedio informadas por el Ministerio de Trabajo y el
promedio de las escalas salariales anuales del sector.
Es
de suponer que esto se debe –junto con algún otro motivo- a la ya
denunciada reducción paulatina de horas extras, al recambio de personal
de jornada completa por trabajadores de jornada más reducida, al
reemplazo de personal de mucha antigüedad por uno nuevo o el de suplentes
de jornada completa por suplentes de media jornada.
Se
observa que el salto más importante se produjo en 2016 y luego fue
descendiendo gradualmente hasta el 2020, año en que comenzó la pandemia de
COVID-19.
Es
así que en 2016 la diferencia entre el promedio de las escalas salariales
y el de las remuneraciones bruto fue de 47,65% mientras que el año pasado
fue del 29,28%.
Los
datos
Para
confeccionar este trabajo se tomó en cuenta a los trabajadores alcanzado
por los Convenios Colectivos de Trabajo 589/10 590/10 y no contemplan al
personal de las empresas de limpieza.
La
fuente de los datos fue el Observatorio de Empleo y Dinámica
Empresarial (OEDE) que depende de la Dirección General de
Estudios y Estadísticas Laborales (DGEyEL) cuyo superior directo es
la Subsecretaría de Políticas, Estadísticas y Estudios Laborales
(SSPTyEL) del Ministerio de Trabajo de la Nación.
Según
su sitio web "el Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial en la
Argentina es un sistema de información construido a partir de la
vinculación de diversos registros administrativos adaptados para usos
estadísticos. Su objetivo es elaborar un conjunto de indicadores para el
análisis estructural y dinámico del empleo y de las empresas, orientado
a la toma de decisiones"
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Argentina
en tiempos de pandemia
Ahora
la prohibición de despedir es hasta el 30 de junio
Alberto
Fernández, presidente de la Nación Argentina [Foto Casa Rosada].
[BPN-15/06/21]
El pasado 27 de mayo el presidente de la Nación prorrogó hasta el
30 de junio la prohibición de despedir o suspender a los
trabajadores "sin justa causa y falta o disminución de trabajo
y fuerza mayor". Desde la primera prórroga que entró en
vigencia el 31 de marzo del año pasado hasta el último día de
junio de este año habrán transcurrido un año, dos meses y 22
días.
Sigue
vigente hasta el 31 de diciembre de este año la doble
indemnización por los mismos motivos.
Prohibido
despedir
El
Presidente de la Nación prorrogó la prohibición de despedir y
suspender hasta el 30 de junio (BO: 28/05/21) mediante el Decreto
345/2021.
Prohibición
de Suspender o Despedir |
Fecha |
DNU |
BO |
Desde |
Hasta |
31/03/2020 |
329/2020 |
31/03/2020 |
31/03/2020 |
30/05/2020 |
18/05/2020 |
487/2020 |
19/05/2020 |
31/05/2020 |
30/07/2020 |
28/07/2020 |
624/2020 |
29/07/2020 |
31/07/2020 |
29/09/2020 |
23/09/2020 |
761/2020 |
24/09/2020 |
30/09/2020 |
29/11/2020 |
13/11/2020 |
891/2020 |
16/11/2020 |
30/11/2020 |
29/01/2021 |
22/01/2021 |
39/2021 |
23/01/2021 |
30/01/2021 |
30/04/2021 |
21/04/2021 |
266/2021 |
22/04/2021 |
01/05/2021 |
31/05/2021 |
27/05/2021 |
345/2021 |
28/05/2021 |
01/06/2021 |
30/06/2021 |
El
último decreto sobre el tema es similar al anterior. Se corrigieron
sus fechas de vencimiento y la redacción de algunos artículos.
Textualmente ordena:
Artículo
1°.- El presente decreto se dicta en el marco de la
emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal,
administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria
y social establecida por la Ley N° 27.541, su ampliación
dispuesta por el Decreto N° 260/20, sus modificatorios y su
prórroga establecida por el Decreto N° 167/21 y la
emergencia ocupacional declarada por el Decreto Nº 34/19 y
ampliada por sus similares Nros. 528/20, 961/20 y 39/21.
Artículo
2°.- Prorrógase hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, la
prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las
causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
Artículo
3°.- Prorrógase hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, la
prohibición de efectuar suspensiones por las causales de
fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.
Quedan
exceptuadas de esta prohibición y de los límites temporales
previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la Ley de
Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, las
suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis
de la misma, como consecuencia de la emergencia sanitaria.
Artículo
4°.- Los despidos y las suspensiones que se dispongan en
violación de lo dispuesto en el artículo 2° y en el primer
párrafo del artículo 3º del presente decreto no producirán
efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones
laborales existentes y sus condiciones actuales.
Artículo
5°.- Las prohibiciones previstas en el presente decreto no
serán aplicables a las contrataciones celebradas con
posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19,
ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de
la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, con independencia del
régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de
los organismos, ni a sociedades, empresas o entidades que lo
integran.
Quedan
asimismo exceptuados y exceptuadas de tales prohibiciones,
quienes se encuentren comprendidos o comprendidas en el
régimen legal de trabajo para el personal de la industria de
la construcción regulado por la Ley Nº 22.250.
Artículo
6º.- Prorrógase hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, lo
dispuesto por el artículo 7° del Decreto Nº 39/21, respecto
de la totalidad de las trabajadoras y los trabajadores
dependientes incluidas e incluidos en el ámbito de
aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del
Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus
lugares habituales, fuera de su domicilio particular.
Serán
de aplicación a su respecto las normas contenidas en los
artículos 2° y 3° del Decreto N° 367/20.
El
financiamiento de estas prestaciones será imputado al Fondo
Fiduciario de Enfermedades Profesionales creado mediante
el Decreto N° 590/97 de acuerdo a las regulaciones que dicte
la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y deberá
garantizarse el mantenimiento de una reserva mínima
equivalente al diez por ciento (10 %) de los recursos
de este último, con el objeto de asistir el costo de
cobertura prestacional de otras posibles enfermedades
profesionales, según se determine en el futuro.
Artículo
7º.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su
publicación en el Boletín Oficial.
Artículo
8º.- Dese cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del
Honorable Congreso de La Nación.
Artículo
9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. |
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ENCARGADO DE
EDIFICIO: Busco trabajo de jornada completa en zona sur o Capital Federal
- Soy muy responsable y trabajador - Nombre: Alberto Gustavo García - Llamar al teléfono:
(11) 6521-7712 / 4230-3198 de 8 a 20 hs. - Localidad: Monte Chingolo /
Provincia de Buenos Aires - Correo electrónico: agustavogarcia@yahoo.com.ar
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ENCARGADO PERMANENTE CON
VIVIENDA: Buenos días, busco trabajo en la zona de Capital Federal, responsable, referencias
comprobables - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono:
(11) 6283-5195 a partir de las 13 hs. - Localidad: Villa Devoto / CABA - Correo electrónico:
fernando_torres83@hotmail.com
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ENCARGADO DE EDIFICIOS Y/O
AYUDANTE: Busco trabajo en la zona norte, CABA y zona sur - Responsable, trabajador, referencias
comprobables, manejo de bombas de agua y calderas - Suplente para fines de semana preferentemente en
CABA - Nombre: Martin Tejeda - Llamar al teléfono: (11) 5852-2362
de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / Buenos Aires - Correo electrónico:
martinseb.tejeda@gmail.com
|
ENCARGADO: Busco Trabajo de
encargado en CABA o Zona Sur. Disponibilidad horaria - Nombre: Cristian Beleni - Llamar al teléfono:
(11) 6103-9305 - Localidad: CABA / - Correo electrónico: gastonbeleni@outlook.com
|
ADMINISTRATIVO DE
CONSORCIOS: Con experiencia en trámites bancarios, pagos y atención
telefónica.Vivo en CABA - Estudiante universitario - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al
teléfono: (11) 5823-5200 de 11 a 18 hs. - Localidad: CABA/
Floresta - Correo electrónico: pablo_bht@yahoo.com.ar
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ENCARGADO DE EDIFICIO DE MEDIA
JORNADA ZONA: URQUIZA: Amplio conocimiento en tareas de mantenimiento.
Cuento con titulo de encargado integral de edificios. Responsable.
Experiencia comprobable - Nombre:
Alberto Martin Fernandez - Llamar al teléfono: (11) 6266-9456
durante todo el dia - Localidad: CABA - Correo electrónico: kchtloco73@gmail.com
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ENCARGADO:
Busco trabajo para porteria de edificio - Nombre: Hector Rubén Casimiro
- Llamar al teléfono: (15) 5527-7366 desde las 6 de la mañana
hasta las 24 hs. - Localidad: Capital Federal - Correo electrónico: hectorcasimiro700@gmail.com
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ENCARGADO:
Estoy buscando un puesto de encargado a jornada completa o de media
jornada. Es para tener un ingreso seguro ya que tengos mis pequeños
emprendimientos - Nombre:
Adrián Gómez - Llamar al teléfono: (11) 5903-0290 -
durante todo el día - Localidad: Vicente López / Pcia. de Buenos Aires -
Correo electrónico:
yosoydelrojo_10@hotmail.com
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ENCARGADA DE EDIFICIO SIN
VIVIENDA: Busco trabajo en la zona de CABA. Tengo 54 años. Soy muy
responsable, sostén de familia. Amplia disponibilidad horaria.
Experiencia y referencias. - Nombre:
Mónica Esther Martuccio - Llamar al teléfono: (11) 5928-6240
de 8 a 22 hs - Localidad: CABA - Correo electrónico: mona_066@hotmail.com
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Ricos
& Famosos
Mariano
Macri pagó su deuda de expensas y salvó el departamento
En
este caso, el costo de la cobranza judicial -entre intereses y costas-
encareció la deuda en un 50,19%.
[BPN-15/06/21]
Mariano Macri, hermano del expresidente de la Nación, saldó su
cuantiosa deuda de expensas y salvó su departamento del remate que le
había impuesto la Justicia.
En
números finos la deuda fue de 617.650 pesos en concepto de expensas y
310.000 pesos por intereses y costas judiciales, lo que totalizó 927.650
pesos.
El
pasado 31 de mayo, ya saldada la deuda, la administración del consorcio
donde vive, por intermedio de su abogada, se presentó ante el Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 24 para "poner en
conocimiento de V.S. que el ejecutado ha cancelado el monto reclamado
[...] por lo que venimos a desistir de la acción y del derecho...",
y agregó: "Asimismo presto conformidad con el levantamiento del
embargo trabado en estos autos".
Es
de recordar que el 14 de octubre de 2020 el consorcio de propietarios de
la Av. Ortiz de Campo y Martín Coronado en Barrio Parque había demandado
a Mariano Macri por casi 600 mil pesos en concepto de expensas e intereses
adeudados desde el 1º de marzo hasta 30 de septiembre.
Del
expediente judicial en aquel momento había surgido que las expensas
adeudadas correspondían a siete meses. Comenzaron con un valor de 72.050
pesos en marzo del año pasado y 85.150 en septiembre. El total del
capital adeudado había sido de 532.500 pesos. A ese valor hubo que
sumarle los intereses por mora del 3% mensual que totalizaron 61.601
pesos. Es así que capital e intereses sumaron los 594.101 pesos
reclamados.
El
mismo mes en que se inició la demanda por expensas, Mariano Macri
protagonizó la tapa de los medios nacionales por haber sido la principal
fuente de información del libro de Santiago O'Donnell "Hermano. La
confesión de Mariano Macri sobre la trama de poder, política, negocios y
familia detrás de su hermano Mauricio".
En
la obra se reproducen más de 17 horas de la entrevista y –en su
oportunidad- el autor de la obra informó: "Habla por primera vez y
revela el lado oscuro de su hermano mayor, con un nivel de precisión y
detalle que ni los peores enemigos del expresidente llegaron a
imaginar".
El
libro fue editado por Penguin Random House y su lanzamiento oficial fue el
26 de octubre, casi dos semanas después de que el consorcio donde vive
Mariano Macri le iniciara la demanda por deuda de expensas
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Partido
Justicialista
Víctor
Santa María es el presidente del Congreso del PJ porteño
[BPN-15/06/21]
El pasado 31 de mayo Víctor Santa María, titular del SUTERH
[1] y del Grupo Octubre entre otros, fue designado presidente
del Congreso del Partido Justicialista porteño por los próximos
dos años.
En
esa oportunidad Santa María resaltó: "Rescatamos la importancia de
la unidad junto al presidente Alberto [Fernández] y a la
vicepresidenta Cristina [Fernández de Kirchner] para seguir
profundizando ese camino tanto a nivel nacional, como en la Ciudad de
Buenos Aires, junto a Mariano Recalde [senador y actual presidente
del PJ de la Ciudad] y María Rosa Muiños [legisladora porteña y
vicepresidenta del PJ en CABA]".
Para
cumplir con las normas sanitarias que imponen la pandemia de COVID-19 la
elección se realizó en forma virtual y participaron 200 congresales.
El
PJ porteño
Es
de recordar que el 12 de marzo Santa María perdió la presidencia del
Partido Justicialista de la CABA a manos de Mariano Recalde luego de casi
7 años de ejercer el cargo. Este nombramiento en términos políticos
significó un crecimiento de La Cámpora en un territorio que generalmente
le fue hostil.
El
medio A24 explicó que en el peronismo porteño hay al menos tres
corrientes principales: la de Santa María, la de Juan Manuel Olmos
-hoy asesor principal de Alberto Fernández- y La Cámpora, de
reciente resurgir.
Agregó
que hasta ahora la presidencia del partido oscilaba entre los dos
primeros. Pero la preponderancia de Cristina y Máximo en la coalición de
Gobierno logró meter en la discusión a La Cámpora como un tercer actor
de poder, en parte gracias a su crecimiento en afiliados
---
[1]
Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal.
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Grupo
Octubre
Página/12
intentó enredar a sus lectores en su conflicto gremial
Los
trabajadores de Página/12 denunciaron que en 2016 su salario superaba la
Canasta Básica en un 42% y este año está por debajo en un 18%
[infografia Twitter]
[BPN-15/06/21]
El pasado 16 de mayo, Víctor Santa María -en su carácter de
editor general de Grupo Octubre- intentó involucrar a los lectores
de Página/12 en su conflicto gremial con los trabajadores del matutino.
Con ese objetivo publicó una nota en la tapa de la edición de ese día y
envió al siguiente un correo electrónico a los suscriptos al medio.
Ese
mismo domingo la Comisión Interna de los trabajadores de Página/12 de SiPreBA
(Sindicato e Prensa de Buenos Aires) salió rápidamente a
responderle por sus redes sociales advirtiendo: "Santa María sondea
hoy a los lectores de Página/12 sobre su derecho como patrón a descontar
los días de huelga a los trabajadores que no aceptamos la destrucción de
nuestros salarios ni la negativa al diálogo por parte del Grupo
Octubre".
Llamó
la atención de la redacción de Pequeñas Noticias que Santa
María -sabiendo que el lector de Página/12 es tradicionalmente
progresista, o sea que tiende a estar más a favor de los derechos de los
trabajadores que los de sus empleadores- se le haya ocurrido apelar a su
simpatía mediante este comunicado.
La
respuesta de los trabajadores de Página/12 fue a Víctor Santa María fue
ampliamente cubierta por los medios especializados en temas gremiales y
sindicales, entre otros.
El
debate en detalle
La
redacción de Pequeñas Noticias organizó los dichos de la
dirección del medio y las respuestas de los trabajadores en formato de
entrevista para una mejor comprensión de los argumentos de cada una de
las partes del conflicto.
Las
omisiones
Trabajadores
de Página/12 : "Lo
más significativo de su pirulo de tapa dominical [1] no es lo
que informa sino lo que tergiversa y, peor aún, lo que oculta ‘A los
lectores’, a quienes no se cansa de subestimar".
"Entre
las omisiones se destaca la negativa por parte del Grupo Octubre a recibir
a la Comisión Gremial Interna del SiPreBA y entablar un diálogo que
permita destrabar el conflicto. La última vez que la empresa aceptó
recibir a los representantes de los trabajadores fue el 26 de agosto de
2020, hace casi nueve meses".
"El
otro dato central que omite es la pérdida de poder adquisitivo durante el
lustro de gestión Santa María. Un sueldo promedio que cinco años atrás
estaba 42 puntos arriba de la canasta básica hoy está 18 puntos abajo.
Traducido: quien araña un sueldo de 45.000 pesos (con la línea de
pobreza en 60.800) debería cobrar 86.000 para recuperar el poder
adquisitivo anterior a la era Santa María".
Las
respuestas
Grupo
Octubre : "En el campo
del sostenimiento de las fuentes de trabajo, en medio de la tremenda
contracción provocada por la pandemia de coronavirus, el diario no solo
no realizó ningún despido, sino que también generó nuevos puestos que
se sumaron a los más de 200 ya existentes. A ello se sumó el pase a
planta de trabajadores que revistaban como "colaboradores
permanentes" o pasantes".
TP/12:
"El Grupo Octubre generó nuevos puestos en Página/12 es una
verdad de patas cortas. En el mejor de los escenarios compensa los que se
perdieron por ‘retiros voluntarios’. Lo que Santa María omite es que
la mayor parte de quienes se sumaron al diario fueron contratados por
fuera del convenio de prensa y bajo otras razones sociales para no
reconocerles los mismos derechos que a sus compañeros, consagrados en el
Estatuto del Periodista Profesional. Adicionalmente, estos compañeros
fueron afiliados compulsiva e inconsultamente al sindicato UTEDYC, que no
pertenece al gremio de prensa".
"Omite
también que en las escasas excepciones en que un trabajador es tomado
bajo la razón social de Página/12 se lo obliga a aceptar previamente,
como condición innegociable para ser contratado, el compromiso a dar la
espalda a la Asamblea de Trabajadores y a no adherir a las medidas de
fuerza votadas por sus compañeros".
GO:
"Se entregaron sillas y computadoras a los que lo solicitaron, se
solucionaron los problemas técnicos surgidos por el teletrabajo y se
mantuvo el pago de los refrigerios correspondientes al trabajo presencial.
Además se incorporó un bono en concepto de teletrabajo para todos los
que optaron por esa modalidad laboral y se establecieron pautas especiales
y medidas sanitarias para aquellos que mantuvieron algún tipo de
concurrencia".
TP/12:
"Las presuntas grandes concesiones (herramientas de trabajo como
silla y computadora, bono para compensar gastos, protocolo de violencia
labora y de género, etc.) fueron conquistas obtenidas por perseverar en
la lucha; las "medidas sanitarias" puertas adentro, por ejemplo,
se implementaron tras el anuncio de un paro por tiempo indeterminado ante
la ausencia de protocolo sanitario".
"Respecto
del bono por teletrabajo al que hace referencia la empresa, lo empezamos a
recibir hace dos meses y por un importe de 720 pesos brutos, que con los
descuentos no alcanza a 600 pesos, cifra claramente insuficiente para
compensar los gastos hogareños (electricidad, teléfono, internet)
derivados del teletrabajo".
"Respecto
a que ‘se mantuvo el pago de refrigerio correspondientes al trabajo
presencial’, Santa María omite informar que el adicional por ese rubro
era un derecho adquirido hasta su llegada y que nunca aceptó negociarlo,
por lo que se congeló en octubre de 2015 en 32,77 pesos diarios (¿Un
tercio de café?) y nunca más se actualizó".
Finalmente
adelantaron: "Las trabajadoras y trabajadores que hacemos el diario
desde mucho antes del desembarco del Grupo Octubre en Página/12
seguiremos defendiendo nuestros derechos y luchando para recuperar el
terreno perdido. Nos sobran los motivos".
Fuentes
El
texto original de la nota de Santa María se puede leer aquí
y la respuesta de los trabajadores aquí
---
[1]
En Página 12 se llama "pirulo de tapa" a una brevísima columna
de no más de un párrafo en donde se tiende a comentar alguna
declaración o suceso del día en forma irónica.
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Proyecto
de ley porteño
Quieren
que cada departamento cuente con un detector de CO
[BPN-15/06/21]
El pasado 19 de mayo el legislador Leandro Santoro (Frente de
Todos) presentó un proyecto en la Legislatura porteña para que sea
obligatorio que cada departamento de un consorcio con conexión al gas
domiciliario cuente con un detector de monóxido de carbono.
De
ser aprobada la iniciativa, los edificios nuevos no podrán obtener el
Certificado de Final de Obra si no cuentan con un detector reglamentario.
Para los edificios ya existentes el Gobierno de la Ciudad determinará el
órgano de fiscalización y apercibimiento en caso que no cuenten con los
detectores propuestos [Artículo 4º].
El
artículo 2º establece que el Gobierno de la Ciudad entregará de forma
gratuita y por medio de la empresa distribuidora los
detectores para las siguientes personas, ya sean propietarios o inquilinos:
a)
Jubilados o pensionados o trabajadores en relación de dependencia que
perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos
Vitales y Móviles.
b)
Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso
anual mensualizado no supere en 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
c)
Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos
mensuales brutos no superiores a 2 veces el Salario Mínimo Vital y
Móvil.
d)
Titulares de programas sociales nacionales o municipales.
e)
Se encuentren inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
f)
Se encuentren incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social
para Empleados del Servicio Doméstico (26.844).
g)
Se encuentren percibiendo seguro de desempleo.
h)
Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
i)
Usuarios que cuenten con certificado de discapacidad expedido por
autoridad competente.
j)
Propietarios o inquilinos de unidades funcionales de los complejos
habitacionales que se encuentren bajo la órbita del IVC.
Monopolio
y costos
En
este momento el costo de un aparato de este tipo es de 1.500 pesos en
adelante [1], sin embargo según la iniciativa el proveedor de
estos aparatos será la empresa distribuidora de gas que en el caso de la
CABA se trata de METROGAS.
En
este sentido el texto del artículo 3º de la iniciativa ordena: "la
autoridad de aplicación articulará la entrega y un sistema de
financiación con la empresa distribuidora, estableciendo un
sistema de pago en cuotas contra factura".
Según
datos de la empresa en 2017 tenía 2,4 millones de usuarios de los cuales
el 61% pertenecían a la CABA [2]. De las ventas a ese
1.464.000 de clientes el 22,8% correspondió a consumidores residenciales
lo que permite estimar que 333.792 clientes deberán comprar a METROGAS un
detector de monóxido de carbono. Si la empresa lo vende a precio de
mercado sería una erogación para los consorcistas porteños de más de
500 millones de pesos.
Sin
embargo es de suponer que al tener el monopolio exclusivo de la venta de
estos aparatos su precio no será fijado por el mercado con lo cual se
hace imposible calcular el impacto económico que tendrá para los
consorcios.
Por
otra parte se infiere que el Gobierno de la CABA se hará cargo del costo
de los aparatos que se entreguen en forma gratuita y que el proveedor
será la misma empresa distribuidora, en este caso METROGAS.
Argumentos
Santoro
argumentó que "la medida propuesta tiene su basamento en la
asistencia y protección, que como Estado, debemos proveer a la
ciudadanía en su conjunto, sobre cuestiones de salud pública y
prevención del bienestar de nuestros habitantes".
Sin
embargo no brindó ningún tipo de estadística, datos o números sobre la
cantidad de siniestros y sus consecuencias en vidas humanas que se
producen año tras año por esta causa más allá de tres casos puntuales
sobre los que informó la prensa nacional: uno en el barrio de Palermo,
otro en la provincia de Formosa y otro en La Pampa.
Es
de suponer que si estos números no existen, en un futuro -y de ser
aprobado su proyecto- tampoco se podrá saber a ciencia cierta si la
medida que propone da el resultado esperado.
Por
último el legislador del Frente de Todos recordó que la Legislatura
porteña el año pasado declaró el 21 de junio como "El Día de la
concientización y prevención contra el monóxido de carbono"
---
[1]
Según un relevamiento que realizó la redacción de Pequeñas Noticias en
la plataforma Mercado Libre.
[2]
METROGAS: "Memoria
y Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2017".
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Sigue
el descenso del índice mensual, el acumulado y el interanual
[BPN-15/06/21]
Este mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de
edificios [1] perderá contra la inflación 3,1 puntos
porcentuales con respecto al mes pasado. En el acumulado anual y en el
interanual también los números serán negativos: -13,33 y -24,75 puntos
porcentuales respectivamente.
El
incremento mensual
En
junio el promedio de las escalas salariales no varió con respecto al mes
pasado y se mantuvo en 56.439 pesos mensuales.
El
acumulado anual
El
incremento acumulado anual de las escalas salariales desde enero de este
año hasta junio se mantuvo en un 12,22%. No se modificó con respecto al
mes pasado.
El
promedio de las escalas salariales de diciembre del 2020 fue de 50.294
pesos.
El
incremento interanual
Desde
junio de 2020 hasta el mismo mes de este año las escalas salariales se
incrementaron en un 25,73%, exactamente igual que el mes pasado.
En
junio del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 44.889
pesos mensuales.
El
promedio anual
El
promedio anual de los primeros seis meses de este año contra los seis
primeros del año pasado arrojó un aumento del 23,95%. Una diferencia de
0,37 puntos con respecto al mes pasado.
INDEC
Para
el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima
el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la
inflación de junio será de un 3,1%.
Según
estos números, la inflación acumulada hasta este mes del 2021 será del
25,55% mientras que la interanual de junio a junio está estimada en un
50,48%.
Jubilados
El
22 de mayo pasado la Administración Nacional de la Seguridad Social
(ANSeS) determinó mediante la Resolución 108 que a partir de
junio el haber mínimo de un jubilado será de 23.064,70 pesos mensuales.
Un incremento de 2.493,26 pesos mensuales, un 12,12% con respecto a marzo
de este año.
Sin
embargo, el 25 de marzo el presidente de la Nación –mediante el Decreto
2018/2021- había otorgado un bono de 3.000 pesos que se sumó durante
abril y mayo (1.500 pesos cada mes) a los 20.571 pesos mensuales del haber
mínimo de marzo.
Teniendo
en cuenta estos dos hechos, el haber mínimo de un jubilado que paga
expensas en junio habrá aumentado en realidad 993,26 pesos mensuales, un
4,5% con respecto al mes pasado.
En
dólares, este haber mínimo representa 237 dólares al precio oficial,
139 dólares a cotización turista o 149 dólares según el mercado blue.
En
junio del año pasado ese haber estuvo en 16.864,59 pesos y en diciembre
fue de 19.035,45 pesos por lo que este mes el acumulado anual será del
21,17% y el interanual de un 36,76%
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el
Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y
septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto
haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional
mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó
el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para
enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes.
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Correo
de Opinión
Felíz
día del periodista
por la Dra. Rita Sessa
Estimado
Claudio García de Rivas:
En
el Día del Periodista, quien suscribe y todos los que conformamos la
Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal que preside el
Dr. David Loisi, le hacemos llegar nuestro reconocimiento a su labor en
busca de la verdad sin preconceptos y con seriedad absoluta, así como su
notable vocación docente. Felicitaciones a Ud y su equipo
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Dra.
Rita Lidia Sessa
(7/06/2021)
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Rincón
Solidario
No
reúne los 30 años de aportes para jubilarse por
el Dr. Pablo Acuña
Buenas
tardes:
Mi
consorcio tiene una ayudante permanente sin vivienda de 70 años que aún
no inicia su trámites jubilatorios.
Tiene
20 años de antigüedad pero no reúne los 30 años de aportes para
jubilarse.
Realmente
no tiene edad para estar limpiando escaleras y pisos (además es personal
de riesgo debido a la pandemia) por lo que el consorcio quiere que se
jubile.
¿Si
se le manda la carta documento para que inicie sus trámites o para
rescindir el contrato laboral a pesar de que no tiene lo años para jubilarse
se puede considerar despedida?
Agradeceré
vuestra opinión.
Atte.,
Silvia
(4/06/2021)
Estimada
Silvia:
La
comunicación fehaciente para que el empleador se jubile es la manera
armoniosa de concluir el vínculo laboral. A partir de la comunicación, el
empleador está obligado a guardarle el puesto por un año, o bien hasta
que la jubilación sea efectiva.
Ahora
bien, para ello, el empleado debe reunir, según la norma, el requisito de
la edad, y también los años de aporte.
En
el caso de los varones es de 65 años y 30 de aportes.
El
requisito es doble. Ahora bien, hay que tener en cuenta la previsión que
realiza el Art. 19º infine de la Ley 24.241, a saber: “Al único fin de
acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la
prestación básica universal se podrá compensar el exceso de edad con la
falta de servicios, en la proporción de dos años de edad excedentes por
uno de servicios faltantes”.
Con
esto, deberían poder considerar el exceso de la edad del trabajador
respecto del tope de jubilación con la cantidad de aportes faltantes para
estimar si es posible la compensación ofrecida por la norma.
Esperando
haber sido de ayuda, le saludo muy Atte.
Pablo
Acuña
---
Pablo
E. Acuña es abogado (UBA), administrador de consorcios, profesor del
posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es columnista en
medios especializados en propiedad horizontal, es fundador de “Pintando
Horizontes Magazine” y es director del Centro CIMA. Por cualquier
consulta se le puede enviar un correo a pabloa@alas-admconsorcios.info
o contactarlo en su sitio web www.administracionalas.com.
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Correo
de Lectores
El
encargado se jubiló
Buenas
tardes:
Mi
nombre es Roberto y los conozco desde hace tiempo.
Me
interesaría suscribirme gratuitamente a vuestra Revista de Pequeñas
Noticias.
En
la actualidad sigo administrando siempre los mismos consorcios y en
algunos desde hace 32 años.
Tengo
la siguiente inquietud que quizás me puedan orientar.
En
un edificio que administro el encargado se jubiló, le pagaron la
liquidación final por jubilación y el consorcio decidió reincorporarlo
nuevamente al edificio como Encargado Permanente con Vivienda por 2 años
más.
Mi
inquietud es cómo se calcula el nuevo sueldo como jubilado. Tengo
entendido que se le hace el descuento jubilatorio del 11% y los aportes
sindicales (Aporte Sindical 2%, Caja de Protección a la Familia 1%, FMVDD
1% y seguro vitalicio 0,75% y la ART.
¿En
el caso de la antigüedad es el 1% por ser empleado nuevo?
¿En
cuanto a la Obra Social y el INSSJP ya no se abonan? El encargado tiene la
Obra Social de PAMI.
¿El
F931 en los conceptos que está exento a retenciones se pone $0?
Desde
ya les agradezco muchísimo me puedan orientar y aprovecho la oportunidad
para decirtles que siempre los recuerdo con mucho cariño y que espero se
encuantren muy bien.
Los
saludos muy afectuosamente.
Roberto
[CABA]
(25/05/2021)
¡¡¡Estimado
Roberto es un gusto saber que seguimos en contacto!!! Te respondo a tus
dudas:
a)
Son correctos los descuentos que le tendrás que hacer. Suman 15.75%
siempre y cuando siga siendo afiliado al sindicato.
b)
La antigüedad es el 2% y recordá que esto no depende de si es nuevo o
jubilado sino de la función.
Si
es el encargado permanente, o sea de 8 hs. por día, corresponde el 2%,
hoy $1.096,40 por año según la escala vigente de abril 2021.
Si
fuera de media jornada, suplente o jornalizado sería el 1%, hoy $548.20
por año de antigüedad.
c)
En el formulario 931 solo tendrás que modificar su situación y poner que
es jubilado para que el aplicativo calcule los aportes y contribuciones
que correspondan en forma automática.
¡¡¡Espero
haberte ayudado con tus dudas y te mando un enorme saludo!!!
MFL
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Correo
de Lectores
Bolsa
de trabajo de proveedores de bienes y servicios
Estimados:
Un
gusto, mi nombre es Marcelo y soy administrador.
Hace
años que recibo sus mails y realmente me son muy útiles.
En
esta oportunidad me contacto para solicitarles si tienen vigente una bolsa
de trabajo o proveedores de servicios: plomería, gas, electricistas,
etc... etc... para
incrementar nuestro staff de prestadores de servicio.
¿Podrían
hacerme llegar por esta vía una base de datos de los mismos?
Desde
ya muchas gracias.
Agradecido
y felicitándolos por su aporte en general a nuestra actividad quedamos a
la espera de una respuesta.
Quedando
a disposición.
Sin
más saludamos Atte.
Marcelo
(26/05/2021)
Estimado
Marcelo:
Por
el momento no tenemos una bolsa de trabajo de proveedores de bienes y
servicios para la propiedad horizontal.
Sin
embargo, le recuerdo que en nuestro grupo de Facebook Comunidad
Consorcial los proveedores de la propiedad horizontal publican
libremente sus publicidades ofreciendo sus servicios. De ahí Ud. podría
obtener los datos de aquello que le interesa.
Un
saludo cordial
CGdeR
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Correo
de Lectores
Obtener
el usuario para ingresar al SiCayC
Buenos
días, los
molesto con una consulta.
¿Saben
cómo es el trámite para obtener el usuario de un consorcio nuevo para
ingresar al SiCayC y poder emitir las boletas sindicales?
Entiendo
que ese usuario lo asigna FATERyH pero no sé si se puede solicitar online
o es un trámite presencial.
Les
agradezco si me pueden orientar ya que no puedo comunicarme
telefónicamente con FATERyH.
Saludos
cordiales.
Viviana
(27/05/2021)
Hola
Viviana:
Una
administradora amiga me informó hace algún tiempo atrás, ya en tiempo
de pandemia, que deberás enviar constancia de CUIT
a la siguiente dirección de mail: ruiz.m@suterh.org.ar.
También
me informó que quien recibe esta información responde muy rápido y es
muy amable.
¡Un
saludo grandote!
MFL
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Correo
de Lectores
Convenio,
estatuto y leyes para leer
Hola:
Quisiera
saber qué convenio y resoluciones debo leer para liquidar sueldos de
encargados de edificios.
Gracias.
Gimena
(3/06/2021)
¡¡Hola
Gimena!!
Tu consulta es muy amplia pero acá van los datos más importantes: el
convenio que rige la actividad es el 589/2010, la escala salarial vigente
es la de abril 2021 que cambiará en el mes de julio y para liquidar los
sueldos también tenés que tener en cuenta la Ley de Contrato de Trabajo
20744 y el Estatuto del Encargado.
Como
todas las actividades tiene sus particularidades pero sería un tanto
difícil exponerlas en este mail.
De
todas formas, tenés para comenzar con esta información.
¡Un
saludo grandote!
MFL
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
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Boletín
de Pequeñas Noticias
1º
Edición
Nº DCCVI
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y propietario:
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